Elección 2024 no aplicará usos tének y náhuatl
Sala del TEPJF determinó que trámites legales para ello fueron tardíos

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó improcedente la impugnación presentada por comunidades indígenas tének y náhuatl, que pretendían celebrar elecciones en 2024 con base en sus usos y costumbres.
En sesión ordinaria, el Pleno aprobó con 4 cuatro votos a favor y uno en contra ratificar la resolución de la Sala Regional Monterrey, respecto de los recursos de reconsideración SUP-REC-288/2023, SUP-REC-289/2023, SUP-REC-295/2023, SUP-REC-298/2023, SUP-REC-299/2023 y SUP-REC-300/2023.
Resolvió que no fueron realizadas con la suficiente oportunidad las acciones desarrolladas por la Comisión Temporal de Inclusión (CIT) del Ceepac, para gestionar ante el Congreso del Estado la inclusión de cambio de régimen de partidos políticos a usos y costumbres para elegir autoridades en los municipios de Tancanhuitz, San Antonio y Tanlajás, en la consulta efectuada en el 2022.
Ese ejercicio concluyó con la emisión y publicación de la Ley Electoral del Estado que regiría el proceso electoral 2024, sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la invalidó por falta de consulta y ordenó su realización luego de la conclusión de tales elecciones.
Se expuso que, aunque las comunidades buscaban aplicar su régimen en los próximos comicios, los plazos electorales no permitieron la totalidad de los actos que en su momento abrirían dicha posibilidad.
El voto en contra correspondió a la magistrada Janine Madeline Otálora Malassis, quien argumentó que, con base en la jurisprudencia 26-2012, sí es válido el reclamo de los inconformes, puesto que es procedente contra sentencia de salas regionales en la que se interprete directamente preceptos constitucionales.
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