En duda, firmas pro municipio de Pozos
INE no recibió solicitud para compulsa de ley; solicitan amparo

Ciudadanos presentaron otra solicitud de juicio de amparo en contra de la ruta que lleva la remunicipalización de Villa de Pozos. Un punto que forma parte de la promoción de juicio, es la que cuestiona la legitimidad de las 23 mil firmas presentadas al Congreso del Estado, porque el Instituto Nacional Electoral a nivel nacional y a nivel local no ha certificado que se haya realizado la compulsa ni que se hubiera solicitado.
Una de ellas es una denuncia ciudadana recibida en juzgados de distrito del Noveno Circuito ayer martes.
El Instituto Nacional Electoral (INE) no ha iniciado la compulsa para verificar la autenticidad de las 31 mil 895 firmas que respaldan la solicitud al Congreso del Estado para la municipalización de la Delegación de Villa de Pozos, de acuerdo con la respuesta a la solicitud de información vía la Plataforma Nacional de Transparencia con número de folio 330031423002524.
Acción Ciudadana informó a través de un comunicado que ello a pesar de que faltan 12 días para la realización del plebiscito para que la población del municipio de San Luis Potosí responda con un sí o un no a la pregunta: “¿Estás de acuerdo en que Villa de Pozos sea municipio?”.
El Congreso acordó el 15 de junio dar trámite a la solicitud de presuntamente 31 mil 895 habitantes de la delegación de Villa de Pozos para municipalizar esa demarcación sin tener la certeza de que se haya cumplido con la fracción I del artículo 47 de la Ley Orgánica del Municipio Libre.
El ordenamiento establece que tal petición debe ser “respaldada con el nombre, firmas y el número de credencial de elector, de cuando menos el 25% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores de la circunscripción territorial que se pretenda erigir como municipio”.
Noventa y nueve días después, ese requisito sigue sin ser verificado y en 12 días se tiene programada la votación del plebiscito con un costo de 20 millones de pesos.
Desde el 4 de julio, cuando el Ceepac acordó la procedencia del plebiscito, también se acordó facultar a Paloma Blanco López, presidenta de ese organismo, para firmar un convenio con el INE a fin de realizar la compulsa de las firmas con las que se acompañó la municipalización de la Delegación de Villa de Pozos.
Sólo la Junta Local del INE reportó haber recibido del Ceepac documentos relacionados con la compulsa de las firmas, no así la Secretaría Técnica Normativa de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, la Dirección de Análisis y Apoyo Técnico de la Secretaría Ejecutiva y la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales declararon inexistente la información.
La demanda de amparo también señala un problema que impacta directo en la lista nominal de electores de la circunscripción territorial que se pretende erigir como municipio, porque no hay límites territoriales consistentes.
Otro agravio se refiere al hecho de que ya existe una controversia constitucional del año 2003 que fue resuelta en contra de la remunicipalización el 17 de agosto de 2004 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
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