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Invalidan dos requisitos en la Ley de Archivos

Por Ana Paula Vázquez

Mayo 08, 2025 03:00 a.m.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó dos requisitos establecidos en la Ley de Archivos del Estado de San Luis Potosí para ocupar la titularidad de la Dirección General del Archivo General del Estado, al considerar que eran discriminatorios e inconstitucionales.

El fallo del Pleno se dio al resolver la acción de inconstitucionalidad 70/2024, promovida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), en contra del Decreto 1007 publicado el 20 de febrero de 2024 en el Periódico Oficial del Estado. 

Este decreto reformó diversas disposiciones de la ley estatal, incluyendo requisitos para dicho cargo. Uno de los puntos invalidados fue el requisito de ser mexicano “por nacimiento”, previsto en la fracción I del artículo 98 Nonies. La Corte consideró que el Congreso local carece de facultades para imponer esa condición, al tratarse de una restricción no permitida por el marco constitucional.

También se declaró inválida la fracción III del mismo artículo, que impedía acceder al cargo a personas condenadas por delitos dolosos, incluso si ya cumplieron su sanción. La Corte determinó que esta disposición era discriminatoria, ya que establecía una exclusión injustificada y arbitraria que no guarda relación directa con las funciones del puesto. La resolución fue aprobada por el Pleno en sesión del 22 de abril de 2025.

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 y surtirá efectos a partir de la notificación al Congreso del Estado.