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Más de 40 mil pesos, multa por falsa emergencia

Por Rubén Pacheco

Julio 25, 2024 03:00 a.m.

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De seis meses a cuatro años de prisión y multa económica de hasta 43 mil 428 pesos, son las sanciones previstas en el Código Penal del Estado para quien cometa el delito contra instituciones de auxilio por uso indebido de sistemas de emergencia.

Por un lado, el artículo 278 define que comete dicho delito quien, a través de teléfono fijo o celular, realice falsas solicitudes de auxilio, o reportes falsos, que distraigan o movilicen a las autoridades de la seguridad, con el propósito de dificultar el ejercicio de sus funciones o causar alarma en la población.

Dicha acción se castiga con una pena de uno a cuatro años de prisión, y sanción pecuniaria de 100 a 400 Unidades de Medida y Actualización (UMA) vigente, es decir, de 10 mil 857 a 43 mil 428 pesos.

En tanto, el numeral 279 complementa que también lo perpetra, quinen realice o consienta que desde un teléfono fijo o celular, de su propiedad, o que se encuentre bajo su control, se efectúen llamadas de auxilio a los servicios de emergencias como, Cruz Roja, Bomberos, Protección Civil, Seguridad Pública, entre otros, sin que exista acontecimiento que lo justifique.