logo pulso
PSL Logo

Anula el TEE inhabilitación de legislador

Tribunal Electoral declara infundada queja morenista contra el panista electo, Marcelino Rivera

Por María Elena Cruz

Julio 01, 2024 03:00 a.m.

A

El Tribunal Electoral del Estado (TEE) declaró como infundado un juicio de nulidad electoral presentado por Morena en contra de Marcelino Rivera Hernández, diputado plurinominal electo del Partido Acción Nacional (PAN). Morena señaló que este candidato no cumplió con los requisitos de elegibilidad por contar con una inhabilitación y una multa por responsabilidad administrativa.

Esto debido a que, entre los documentos que deben presentarse junto con la solicitud de registro de candidatura ante el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac), es una manifestación por escrito bajo protesta de decir verdad donde el aspirante afirme, entre otras cosas, no estar inhabilitado para ocupar cargos públicos y no tener una multa firme pendiente de pago que haya sido impuesta por responsabilidad con motivo de los cargos públicos que hubiere desempeñado en la administración federal, estatal o municipal.

Por este motivo, Morena señaló que el acuerdo mediante el cual el Ceepac otorgó la constancia de asignación de diputado plurinominal electo a Rivera Hernández resulta ilegal, puesto que dicha autoridad fue omisa en verificar el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad del candidato.

El TEE consideró como infundados estos argumentos debido a que no hay hasta el momento una determinación ejecutoria por parte de alguna autoridad en la que haya quedado firme la responsabilidad de Marcelino Rivera.

Ponerle trabas al candidato por estos motivos, conlleva a que se le restrinja el ejercicio del voto, en su vertiente pasiva, por lo que “es razonable que deba prevalecer el ejercicio de ese derecho político-electoral”, señala la sentencia con expediente TESLP-JNE-25/2024.

Además, se menciona que el PAN y Rivera Hernández manifestaron en defensa de sus intereses que la Sala Superior, ha señalado que no es dable imponer sanciones administrativas hasta en tanto no se determine una responsabilidad en resolución firme.

Además, ofertaron copias simples de los acuses de recibo, tanto del recurso de revocación presentado ante el Instituto de Fiscalización Superior del Estado, como de la demanda de juicio de amparo presentado ante los juzgados federales en contra de la determinación, presentada en los tiempos marcados por la ley.