Municipio no puede sancionar propagada en bulevar río Santiago

La Dirección de Comercio del Ayuntamiento capitalino reiteró que los espectaculares que se ubican en vialidades de carácter estatal o federal no forman parte de la jurisdicción municipal y por lo tanto, no están sujetos a la supervisión y en su caso, sanción de parte de autoridades de la ciudad capital.
Rutas como el bulevar del río Santiago; el anillo periférico o Circuito Potosí; Sierra Leona, Carretera 57 y las salidas carreteras a Guadalajara, Matehuala, Rioverde y Zacatecas son de jurisdicción estatal y por ende, supervisadas por dependencias como la Junta Estatal de Caminos (JEC) y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) de nivel federal.
Cualquier anuncio de gran formato ubicado en un margen de 20 metros a ambos lados de vialidades no municipales, simplemente quedan fuera del alcalde del Ayuntamiento. Incluso, dicho margen crece hasta llegar a 150 metros a ambos lados de la vialidad en el caso de cruces, entronques, pasos inferiores y superiores, y curvas.
Los propietarios de espectaculares situados en vías estatales o federales, deben tramitar sus permisos e informar de las bitácoras de mantenimiento de los anuncios a la autoridad estatal o federal, según sea la ubicación de la estructura.
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