No existen reglamentos sobre establos

Sobre el caso de los establos que se construyen en el estadio 20 de Noviembre para el Campeonato Nacional Charro y que estarán ahí por un mes, las leyes estatales y reglamentos municipales son más bien omisos en definir reglas para su instalación cerca de viviendas, por lo que su edificación continúa.
Por ejemplo, la Ley Estatal de Protección a los Animales no tiene referencia alguna a establos y solamente menciona, en su Capítulo IV, algunas reglas que deben seguirse con “Animales en Espectáculo o Animales en Exhibición”.
Dichas reglas se refieren a animales circenses y de zoológico, pero no mencionan animales para espectáculos de charrería o rodeos. La referencia más cercana es la del punto VII del artículo 22 de la Ley, que refiere que los animales de espectáculo que transiten por el área urbana, deberán hacerlo en contenedores que eviten la dispersión de sus evacuaciones.
En la Ley de Ganadería del Estado sí hay referencias a establos, pero sólo para definir que es responsabilidad de los inspectores estatales la supervisión de las condiciones de higiene y sobre todo para la prevención de riesgos fitosanitarios, pero no hay nada sobre requisitos para la instalación de establos, en especial cerca de viviendas.
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