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Sancionan a Movimiento Ciudadano

El TEPJF determinó que una multa aplicada por el INE debido a opacidad está bien fundamentada

Por María Elena Cruz

Enero 22, 2024 03:00 a.m.

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió una sentencia en contra de Movimiento Ciudadano por incumplir con sus obligaciones respecto al informe de ingresos y gastos correspondientes al ejercicio ordinario 2022, en San Luis Potosí.

El Consejo General del INE había emitido una sanción en contra del partido por haber reportado fuera de tiempo 495 operaciones relacionadas con los ingresos y gastos del partido. 

La sanción emitida por el INE fue la reducción del 25 por ciento de la ministración mensual al partido, del concepto de Financiamiento Público para el Sostenimiento de Actividades Ordinarias Permanentes, hasta alcanzar el monto de 40 mil 117.36 pesos, lo equivalente al uno por ciento de la cantidad observada por falta de reportes oportunos. 

Movimiento Ciudadano impugnó esta medida, con el argumento de que la autoridad fiscalizadora no expresó las razones fundamentadas para emitir la sanción. Además, alegó que si bien el registro de las operaciones se realizó fuera del plazo indicado (tres días posteriores a su ejecución), el haberlo hecho más tarde demostró su intención por sus obligaciones en materia de fiscalización.

El partido señaló que debió haber sido sancionado sólo con una amonestación pública.

Después de un extendido debate entre el Consejo General del INE y el partido, la Sala Regional Monterrey del TEPJF dictó que la sentencia emitida por el instituto electoral fue adecuada, pues sí se expusieron las razones y normativa aplicable que sustentan su decisión de sancionar a Movimien-

to Ciudadano.

Además, el Tribunal precisó que reportar de manera extemporánea las operaciones contables sujetas a fiscalización impacta en el ejercicio de la autoridad fiscalizadora, para garantizar la rendición de cuentas y la transparencia en el manejo de los recursos públicos.