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Seduvop, obligada a reintegrar parte del adoquín que retiró de San Miguelito: INAH

Autorización provisional tramitada a destiempo la obliga a remozar el material y reinstalarlos en dos perímetros

Por Jaime Hernández

Septiembre 06, 2023 12:17 p.m.

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La delegación estatal del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) indicó que en el proyecto de remodelación de cinco calles del Barrio de San Miguelito, la Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obra Pública (Seduvop) debe conservar el 100 por ciento de los adoquines que ha retirado, remozarlos y volverlos a colocar al 100 por ciento en la zona que está incluida en el decreto que declara Patrimonio de la Humanidad al Centro Histórico de San Luis Potosí.

El delegado estatal del INAH en San Luis Hugo Cotonieto Santeliz estableció esa y otras condiciones en un permiso condicionado de la obra, que fue solicitado por la Seduvop quince días después de que el gobernador Ricardo Gallardo Cardona diera por arrancada la obra.

Fue la propia Seduvop la que presentó el documento, como parte de la documentación requerida por el Juzgado Sexto de Distrito dentro del Juicio de Amparo 1257/2023 que vecinos del barrio presentaron contra la obra y que generó la suspensión provisional de los trabajos.

El permiso establece algunas condiciones que la dependencia ha violado flagrantemente, como que el retiro del adoquín debió haber sido hecho de manera manual, cuando ha quedado en evidencia el uso de trascabos para arrancarlo.

Además se le ordenó conservar el 100 por ciento del material pétreo, pues el INAH indica que el procedimiento obligado es relabrar cada pieza “para su reintegración posterior”.

Sin embargo, hay evidencia de que la Seduvop consintió que particulares recibieran como “regalo” una cantidad considerable del adoquín retirado.

El permiso provisional del INAH modifica sustancialmente el proyecto del gobierno estatal, pues preveía la sustitución total del adoquín con concreto estampado en las cinco calles que se incluyen en la obra.

La dependencia federal ordenó, sin embargo, que en el perímetro del proyecto que se incluya en la declaratoria de patrimonio cultural de la Humanidad del Centro Histórico como parte del Camino Real Tierra Adentro y las áreas A y B de la Zona de Monumentos Históricos de la Ciudad, el adoquín deberá ser restituido completamente, una vez que haya sido remozado.

Mientras que las partes reparadas que se incluyan en el perímetro del Plan parcial de Conservación del Centro Histórico de la Ciudad, el INAH establece que la conservación debe ser del 50 por ciento de la superficie retirada. 

La autorización provisional restringe el uso del pavimento estampado a las zonas que queden fuera de estos dos perímetros.

Lo anterior porque, entre otros factores que establece el INAH, México ha signado convenios internacionales sobre la protección del patrimonio histórico, por lo que las autoridades, entre ellas, el gobierno del estado, están sujetos al cumplimiento obligatorio.   

Por otra parte, reconoce que el adoquín Ojo de Víbora es “parte de los elementos que dan identidad y es emblema de los barrios de la ciudad”.