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SAT debe actualizar los montos para deducir colegiaturas, advierten fiscalistas

Por El Universal

Agosto 30, 2023 04:09 p.m.

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CIUDAD DE MÉXICO, agosto 30 (EL UNIVERSAL).- Mientras el Servicio de Administración Tributaria (SAT) difundió el beneficio que tienen los contribuyentes personas físicas para deducir del gasto de las colegiaturas en su declaración anual, fiscalistas señalaron que falta que actualicen los montos.


"Llevan 11 años sin que se actualicen los montos, conforme a la inflación", dijo el fiscalista Jesús Rodríguez Ambriz a EL UNIVERSAL.
Es decir que los contribuyentes están haciendo la deducción con los mismos montos permitidos para cada nivel escolar desde 2012.
Falta que se haga el ajuste, que ahora con la alta inflación pudo significar un verdadero beneficio para los que pagan colegiaturas en escuelas privadas.
Explicó que se trata de un estímulo fiscal y no de una deducción personal.
Precisó que en general las personas físicas de todos los regímenes fiscales, excepto los que tributan como pequeños contribuyentes, tienen la posibilidad de disminuir en su declaración anual del ejercicio aquellas deducciones personales, así como los estímulos fiscales, entre los que se encuentran los pagos de colegiaturas que se realicen en el año fiscal.
----Diferencia entre deducciones personales y estímulos fiscales
"Es importante diferenciar las deducciones personales, de los estímulos fiscales, pues si bien, los dos ayudan a disminuir la base gravable para aminorar el impuesto a pagar, cada uno de estos dos rubros tiene implicaciones distintas", indicó.
Por una parte, explicó, las deducciones personales son aquellos gastos que la ley permite deducir pero que no están relacionadas con la actividad que desarrolla el contribuyente para la obtención de los ingresos.
En cambio, un estímulo fiscal es una herramienta que el gobierno utiliza para impulsar o promover un sector o actividad.
Indicó que específicamente los pagos de colegiaturas que realicen los contribuyentes, consiste en un estímulo fiscal; no es una deducción personal.
Lo anterior está fundamentado en los artículos 1.8, 1.9 y 1.10 del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013, precisó.
Por lo tanto, enfatizó que los pagos que realicen los contribuyentes por concepto de colegiaturas podrán disminuir el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que pudiera resultar a cargo, siempre y cuando cumpla con las disposiciones que el decreto determina.
----¿En qué te debes fijar para hacer la deducción de colegiaturas?
Además de lo que el SAT destacó sobre la deducción de colegiaturas, el fiscalista dijo que es importante tomar en cuenta otras cosas.
Por ejemplo, este gasto sólo procede si se hace exclusivamente a la educación.
Es decir, explicó, los gastos relacionados con actividades extracurriculares u otros conceptos adicionales, no serán deducibles.
Si bien hay niveles educativos para hacer la deducción, el fiscalista recomendó verificar las especificaciones de cada uno, ya que pueden existir restricciones o requisitos particulares para ciertos grados de estudios.
Hay que realizar el pago de las colegiaturas en tiempo y forma, es decir dentro del periodo fiscal correspondiente; en general se consideran deducibles los pagos que se hicieron durante el calendario en el que se cursó la educación.
Destacó que es fundamental asegurarse que las instituciones educativas emitan los comprobantes de pago de las colegiaturas de forma electrónica y cumplan con todos los requisitos fiscales del SAT.
Eso significa que contengan el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la escuela y los datos del contribuyente de acuerdo con la factura electrónica versión 4.0 que ya es obligatoria para todos los comprobantes.
También dijo que se debe contar con los documentos que acrediten la relación del parentesco o dependencia económica entre el contribuyente y el beneficiario de la educación.
Por último, incluir en la declaración anual de impuestos todos los datos necesarios y montos correspondientes a las colegiaturas.