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Medicina Legal

Por Carlos A. Hernández Rivera

Abril 26, 2024 03:00 a.m.

A

Al igual que la semana anterior tengo el enorme agrado de compartir líneas con la Dra. Margarita López Serna, sin duda una gran conocedora del área de la medicina legal, actualmente se desempeña como médica legista en la Fiscalía General del estado, además, de compartir su conocimiento médico legista en la Facultad de Derecho UASLP, en la carrera de criminología. Sin más preámbulo he aquí su participación.

[“”] Todos tenemos derecho al acceso a la justicia, que las diferentes instituciones de procuración y administración de justicia trabajen para que sean investigados los hechos, que no sean un número más en las estadísticas, por lo cual las investigaciones correspondientes solicitadas por los agentes fiscales se llevan a cabo con la debida diligencia, por parte de cada uno de los integrantes de los servicios periciales y policía de investigación.

En especial el área de medicina legal, se trabaja con prontitud, atención y respeto a los derechos humanos que como personas merecen, así como un método científico establecido, como lo dicta nuestra ciencia, se apoya para sus diferentes intervenciones medico legales de la medicina clínica, la cual es practicada por un gran número de galenos, a lo largo de nuestro país, en forma privada, publica y mixta; en este método científico, para realizar un estudio completo, sistemático, requiere de toda la documentación necesaria, como lo es el expedientes clínico (Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012), notas médicas, notas de evolución, así como resumen medico de egreso hospitalario, resumen de alta médica, donde el paciente tiene el derecho que se le otorgue dicha información por escrito, firmado por el médico tratante. Lamentablemente, nos encontramos en nuestras labores diarias de investigación forense, que muchos médicos tratantes niegan dicha documentación a los pacientes que son atendidos por ellos, o si son en instituciones, es un sinfín de trámites para obtener un resumen clínico de su estancia hospitalaria, aun cuando tienen derecho a ese resumen clínico, no así al expediente clínico, el cual solo la autoridad competente puede solicitarlo por medio de un oficio, a la institución o al médico tratante particular. 

Aquí lo más preocupante, es que en el tiempo que tarda el paciente en solicitar y tramitar la documentación médica, retrasa y obstaculiza las investigaciones pertinentes, los principales motivos son los múltiples tramites y localizaciones de las oficinas para solicitar el resumen clínico, aun si es de forma particular la atención, en ocasiones por desconocimiento o miedo a ser solicitados a testificar en un juicio oral o tener algún tipo de responsabilidad legal, evitan otorgar esa documentación. 

Por lo que nuevamente, hacemos el llamado a los encargados de la formación de las futuras generaciones de personal dedicado a la salud, a capacitar para conocer las diferentes normas oficiales, guías de práctica clínica y protocolos de atención especificas del área médico legal, así como a los diferentes colegios, para realizar cursos de capacitación y actualización en lo referente a procesos medico legales, de responsabilidad médica y así evitar retraso en las investigaciones de los medico legistas que trabajamos en las instituciones, como su definición lo menciona de la medicina legal, el objetivo es que el conjunto de conocimientos médicos, sean utilizados para auxiliar en la administración de la justicia.

Las y los esperamos el próximo viernes.

carloshernandezyabogados@gmail.com