FGE: sombra de ilegal Proceso exprés
En el asunto de la sucesión en la Fiscalía General del Estado (FGE) las cosas se están moviendo a una gran velocidad, involucrando a varios personajes de diversas instancias y generando condiciones que, si no se cuidan las formas, podrían derivar en una grave violación a la Constitución estatal.
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No han pasado dos semanas desde que José Luis Ruiz Contreras dio a conocer su renuncia a la Fiscalía General del Estado, a poco más de cinco meses de que termine su periodo, el 26 de octubre.
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En el inter, el titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, Guzmar González Castillo dejó el cargo, al que, ya libre, sustituyó el exfiscal.
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A la par, para llenar el hueco que dejó en la FGE, inició un proceso dirigido abiertamente por el gobernador Ricardo Gallardo Cardona, Manuela García Cázares dejó la presidencia del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y al propio Poder Judicial del Estado al pedir licencia, para aparecer en la terna propuesta desde el Ejecutivo para que el Congreso seleccione a la nueva cabeza de la Fiscalía, en un proceso en el que el resultado está más que cantado.
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Y aquí es donde las cosas se ponen poco claras. Del Legislativo salió la información de que la iniciativa que incluía la terna para definir quién sucederá a José Luis Ruiz ya estaba en estudio de comisiones.
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La propuesta establece que la persona elegida sería designada en el cargo por un periodo de siete años, es decir, se le busca dar desde ahora el mando completo de la dependencia previsto en la Constitución local. El argumento, de acuerdo al diputado José Luis Fernández, la medida garantizará la certeza jurídica, operativa y de resultados de la FGE.
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El problema radica en que el Legislativo no tiene asideros legales para entregar, por adelantado, un periodo de siete años a quien ocupe la FGE.
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Es importante recordar que Ruiz Contreras fue electo para suceder a Federico Garza Herrera tras la renuncia de éste en septiembre de 2021. Estaba previsto que su periodo acabara el 26 de octubre de 2024, pero al hacerse efectiva la protesta de Ruiz Contreras en diciembre de 2021, heredó la fecha de término del cargo.
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Ahora bien. El artículo 122 Bis de la Constitución local es la que establece el plazo de siete años en la duración del cargo del Fiscal, además del mecanismo de selección: terna del Ejecutivo, votación del Congreso.
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El escollo está en el párrafo séptimo, que regula las ausencias del fiscal por muerte, destitución o renuncia, como la que presentó Ruiz Contreras. Establece un procedimiento como el descrito en el párrafo anterior, con una diferencia relevante: la persona elegida ocupará el cargo “por el tiempo para el que fue electa la persona que se está supliendo”. Es decir, hasta el 26 de octubre, el periodo original de Garza Herrera, que no cubrió Ruiz Contreras.
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No hay algún hueco por el cual se pueda asignar un periodo completo de siete años sin antes cumplir la formalidad de asignar el interinato de alrededor de 5 meses hasta octubre. Si lo hace el Congreso, implicaría una violación constitucional que dejaría muy vulnerable a la nueva cabeza de la FGE, jurídicamente hablando.
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¿Por qué se arriesgaría el Congreso a esa posibilidad? El espacio de esta columna terminó, por lo que mañana se expondrá una hipótesis sobre el asunto.
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¡HASTA MAÑANA!