CPC: es ilegal, nombramiento en la SAPSAM

Señalan integrantes del SEA que no cumple los requisitos para el cargo

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CPC: es ilegal, nombramiento en la SAPSAM

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MATEHUALA.- Integrantes del Consejo de Participación Ciudadana (CPC) del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA) entregaron un documento a la Contraloría Interna del Municipio en el que exponen que el director del Sistema de Agua Potable y Saneamiento del Ayuntamiento de Matehuala (SAPSAM) no tiene el perfil para ocupar el cargo y por ello solicita su separación del cargo.

José Ismael Leyva Nava y Juan Ramón Infante, miembros numerarios del CPC del SEA, con fecha 13 de diciembre del 2019, entregaron a la contralora interna del Municipio, María del Socorro Alvarado Capetillo un oficio en donde manifiestan que el nombramiento que se realizó a Juan Carlos Pérez Mendoza es ilegal ya que la Ley del Organismo Operador de Agua de Matehuala, es clara en sus artículos III, IV y V y los cuales establecen que para ser director del SAPSAM tiene que cumplir con ciertos requisitos como: No haber sido condenado por delito intencional que haya ameritado pena privativa de libertad; Tener título profesional relacionado con la función, así como contar con experiencia técnica y administrativa comprobadas de por lo menos cinco años en materia del agua, además de someterse al proceso de capacitación y certificación de la Comisión Estatal del Agua (CEA).

También se establece que el titular del organismo debe tener conocimiento amplio sobre la problemática del municipio de Matehuala en materia de agua potable, alcantarillado y saneamiento, además de experiencia en el manejo de los problemas inherentes a la esencia de creación del SAPSAM. 

El directivo a cargo debe conocer a fondo el marco jurídico que norma la actuación del organismo.

De lo anterior se advierte que Juan Carlos Pérez Mendoza no tiene título relacionado con su función, no es ingeniero civil o geólogo ni tiene una carrera afín. Tampoco ha residido en Matehuala por lo que no conoce los problemas del municipio en materia del agua.

Además, Pérez Mendoza enfrenta una demanda de la ASE por el delito de peculado que asciende a 15 millones de pesos. 

Por lo anterior se advierte que no cumple con lo dispuesto en el Artículo 99 de la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí ni con los dispuesto en el propio reglamento del SAPSAM.

Por ello el CPC del SEA solicita su inmediata separación del cargo y el inicio de un procedimiento de sanción en contra de quién o quiénes resulten responsables de su nombramiento.