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Multan a Cabildo de Rioverde tras incumplir sentencia del TEESLP

Además, ordenan de nueva cuenta tomar protesta al emecista Salvador López Aguilar

Por María Elena Cruz

Noviembre 29, 2024 11:35 a.m.

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El Tribunal Electoral del Estado (TEESLP) emitió un acuerdo donde sanciona con una multa de 10 mil 857 pesos al presidente municipal, síndicos y regidores del Ayuntamiento de Rioverde, por su incumplimiento de la sentencia que ordena tomarle protesta a Salvador López Aguilar, regidor electo de Movimiento Ciudadano.
El Tribunal sesionó el día de ayer, donde se aprobó el acuerdo plenario de incumplimiento de la sentencia dictada el 14 de noviembre de este año, donde se ordenó al Ayuntamiento de Rioverde tomar protesta a López Aguilar, a quien se le ha impedido incorporarse al Cabildo desde el 1 de octubre.
La sentencia dictaba tomarle protesta máximo 48 horas después de la notificación de la resolución, sin violentar las medidas de protección emitidas por un juez de lo familiar a favor de Rosa María Huerta Valdez, regidora del PVEM.
En el acuerdo aprobado, se explica que el Ayuntamiento solicitó una aclaración de sentencia y que se le considerara en vías de cumplimiento, sin embargo, la petición fue improcedente.
El Tribunal señaló que con el incumplimiento de la sentencia se continúan violando los derechos político-electorales de Salvador López Aguilar, considerado como una falta grave, reiterando que las sentencias del Tribunal deben ser cabal y puntualmente cumplidas.
La ponencia de la magistrada Yolanda Pedroza resolvió imponer una multa individualizada de 100 UMA's, equivalente a 10 mil 857 pesos, al presidente municipal de Rioverde, Arnulfo Urbiola Román, los síndicos Edgar Alejandro Narváez y Claudia Elena Juárez, y los regidores Jasmine Berenice González, Jaime Humberto Anaya, Mariana Díaz Castillo, José Concepción Hernández, Isaías Rivera Martínez, Sergio Villanueva Pérez, Beatriz Hernández Reséndiz, María del Rosario Vázquez y Dalila Castillo Hernández.
La multa deberá depositarse de manera individual en un término de cinco días hábiles. De no hacerlo, se dará vista de la omisión del pago al Instituto de Fiscalización Superior del Estado (IFSE) y será turnada a la Administración General de Recaudación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para su cobro y ejecución.
Además, ordena nuevamente tomar protesta a Salvador López en un plazo de 24 horas a partir de la notificación correspondiente.