logo pulso
PSL Logo

Restricciones Vehiculares por Contingencia Ambiental en la CDMX

Restricciones vehiculares para autos particulares y unidades de reparto de gas L.P.

Por El Universal

Mayo 13, 2024 06:00 p.m.

A

Durante la tarde de este lunes 13 de mayo, la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) activó de nueva cuenta la fase 1 de contingencia ambiental, debido a que se registraron concentraciones máximas de ozono de 156 ppb en la estación de monitoreo UAM Iztapalapa.

En un comunicado, la CAMe precisó que esto se debe a la presencia de un sistema de alta presión en el centro del país, asociado con una masa de aire con ligero a moderado contenido de humedad, con cielo despejado a medio nublado.

Por lo que habrá restricciones vehiculares para este martes 14 de mayo, para los autos de uso particular con holograma de verificación 2; vehículos de uso particular con holograma de verificación 1.

¿Cuáles son las restricciones vehiculares?

Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 0, 2, 4, 6, 7 y 8. 3.

Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado rosa, terminación de placa 7 y 8. 4.

Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2. 5.

Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea par 6.

Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 yl as 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del Edomex.

Los taxis con holograma de verificación "00", "0", "1" o "2" que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.