Niega juez amparo a VIPS contra Ley General para Control del Tabaco
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CIUDAD DE MÉXICO, febrero 14 (EL UNIVERSAL).- La cadena de restaurantes VIPS se sumó a la batalla legal contra las disposiciones antitabaco de la Secretaría de Salud, que prohíben a cualquier persona fumar en espacios de concurrencia colectiva.
Sin embargo, Agustín Tello Espíndola, juez Décimo Primero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, negó a la Operadora VIPS S. R. L de C.V la suspensión provisional contra el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco, vigente desde el 15 de enero de este año.
"Queda prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina en los espacios de concurrencia colectiva".
"Se consideran espacios de concurrencia colectiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 6, fracción X Bis, de la Ley, los siguientes: patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos o lugares donde permanezcan o se congreguen niñas, niños y adolescentes, parques de desarrollo urbano, deportivos, playas, centros de espectáculos y entretenimiento, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hoteles, hospitales, centros de salud, clínicas médicas, sitios o lugares de culto religioso, lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas, paraderos de transporte, y demás espacios que establezca la Secretaría en términos de la Ley, este Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables".
El juez Décimo Primero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México admitió a trámite la demanda, pero negó la suspensión provisional de los actos reclamados.
Fijó para el 20 de febrero la audiencia incidental, en la que resolverá sobre la suspensión definitiva a la empresa VIPS.
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