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Recomendaciones de la CNDH para proteger derechos de población trans

CNDH lidera la lucha por los derechos de la población trans y propone reformas constitucionales

Por El Universal

Marzo 13, 2024 09:35 p.m.

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Para evitar violaciones a los derechos humanos en agravio de la población trans que habita, reside o transita por el territorio nacional, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación a la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación (SEGOB) y al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).

En un comunicado, el organismo que encabeza Rosario Piedra Ibarra afirmó que el 1 de febrero de 2024 la Comisión Nacional recibió el escrito de queja de una diputada federal en el que informó que en los primeros 30 días del presente año se registraron al menos seis asesinatos de mujeres trans en el país, por lo que es necesario que se reconozca el transfeminicidio como delito en el Código Penal Federal.

Señaló que personas pertenecientes a diversas asociaciones que defienden los derechos de la población trans manifestaron que la falta de armonización legislativa a su favor repercute en esferas como la salud, el trabajo, la vivienda y el acceso a la justicia.

"Es de suma importancia señalar que a 13 años de la reforma constitucional en materia de derechos humanos, ninguna de las Legislaturas haya impulsado iniciativas de reformas constitucionales para garantizar el absoluto goce de derechos humanos, especialmente de aquellos grupos en condiciones de discriminación e históricamente vulnerados, como lo es la población trans", dijo.

Señaló que si bien con la reforma constitucional de 2011, por primera vez en la historia se incluyó en el párrafo quinto como categoría sospechosa las preferencias sexuales, lo cierto es que la propia ley secundaria del párrafo quinto del artículo 1o. de la Constitución Política, es decir, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED), no incluya a la identidad de género dentro de las categorías sospechosas de su definición de discriminación, situación que repercute a nivel estatal, toda vez que del análisis realizado por esta CNDH a las leyes de las entidades federativas se concluyó que, en su mayoría, se basan en el texto original de la aludida Ley Federal.

La CNDH dijo que la falta de armonización legislativa constitucional que permita la aprobación de una Ley General provoca que se vulnere en su agravio los derechos humanos a la protección de la salud, a la educación, al trabajo, a la identidad de género, a la igualdad y no discriminación, a la vivienda, a la cultura y al acceso a la justicia.

Ante estos hechos, la CNDH recomendó al Congreso generar acciones tendentes a impulsar las siguientes reformas: al párrafo quinto del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para que se incluya la identidad de género como una categoría sospechosa de discriminación; al artículo 73 de la CPEUM para que el Congreso de la Unión cuente con facultades para legislar en materia de derechos de la población trans y al Código Penal Federal a fin de considerar la identidad de género como un agravante del delito de feminicidio.

Asimismo, una vez materializadas las reformas constitucionales, se recomienda que se dictamine, discuta y, en su caso, se apruebe la iniciativa de Ley General de Acceso Integral a Derechos de Personas Trans.

Al subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación, se recomendó que de conformidad con el artículo 43 del Reglamento Interior de esa Secretaría, promueva el impulso ante el Congreso de la Unión de las reformas al artículo 1° de la Constitución Política; a la fracción III del artículo 1° de la LFPED, al Código Penal Federal, así como a la aprobación de la Ley General de Acceso Integral a Derechos de Personas Trans.

La Comisión Nacional recomendó a la presidenta de Conapred que en cumplimiento a lo señalado en el artículo 17 fracción III de la LFPED, impulse ante el Congreso de la Unión la reforma correspondiente a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación para incluir en el texto de la fracción III de su artículo 1°, la identidad de género y la transfobia como categorías sospechosas de discriminación; así como promover el uso del lenguaje incluyente, mediante la difusión de publicaciones que haya emitido ese Consejo Nacional en relación con la temática de la población trans.

La CNDH reconoció que la lucha por los derechos humanos de la población trans en México ha sido un proceso largo y complejo. A lo largo de la historia, esta población ha enfrentado numerosos desafíos y discriminación, lo que ha llevado un esfuerzo constante por el reconocimiento y la protección de sus derechos fundamentales, por lo que los cambios legislativos propuestos en la Recomendación 42/2024 resultarán un parteaguas tanto a nivel nacional como internacional a favor de garantizar el efectivo goce y reconocimiento de sus derechos humanos, además de que propiciaran que las entidades federativas realicen la armonización legislativa correspondiente y un ejemplo para el caso de otros grupos de atención prioritaria que se encuentren en la misma situación.