Transportistas, exentos de comprobar legalidad de mercancías
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CIUDAD DE MÉXICO, febrero 10 (EL UNIVERSAL).- Por primera vez un tribunal federal concedió una suspensión provisional a la obligación impuesta por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que los transportistas agreguen a los comprobantes fiscales más datos que acrediten la legalidad de sus mercancías.
Esta obligación está contenida en el complemento Carta Porte y la suspensión únicamente beneficiará a una de las filiales de Pepsico, que tramitó un amparo contra esta determinación.
En consecuencia y en este caso específico, Pepsico deberá continuar con la expedición del CFDI pero sin el complemento de la Carta Porte para que pueda deducir en su favor los comprobantes que le expidan terceros a los que contrate para transportar mercancías.
En su acuerdo, el Colegiado destacó que el Código Fiscal de la Federación faculta al SAT para expedir misceláneas fiscales que faciliten el cumplimiento de obligaciones tributarias y no para complicarlas.
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