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Alternativas punitivas (bis)

Por Carlos A. Hernández Rivera

Agosto 13, 2021 03:00 a.m.

A

“Legalizar no es promover” 

L. Amara

En mi anterior colaboración, decía que, Del 80.3% de los adolescentes en conflicto con la ley, lo estaban por tenencia de marihuana (5 y 100 gm), mientras que en los adultos fue del 41.6%. Otro punto revelador es que el 80% de las imputaciones (2018), en este sector juvenil, es que el 80% fueron imputados por tenencia de cannabis (en el rango de 31 a 51 gramos el involucramiento es de apenas el 3.5, mientras que, dentro de los 2 mil a 5 mil es de cero%), y en menor medida por la tenencia de cocaína u otras. 

Ahora bien, es de resaltar que, de ese universo inmersa en la lógica de cannabis, el 94%, de los adolescentes, fueron imputados por la tenencia entre 5 y 100 gramos de Marihuana. En el rubro de causas penales en el país (Inegi, 2020), vemos que 2016 eran de 921, para 2017 fue de 1,091, y en 2018 de 988 (de estas judicializaciones la Ciudad de México y Chihuahua absorbían el 55.4%).

 Es de mencionar, que derivado de este encausamiento 8 de cada 10 adolescentes -para el caso de narcomenudeo- serán sentenciados condenatoriamente (367 en 2016, 229 en 2017, y 147 en 2018), aunque no necesariamente esto implique en centros especializados de internamiento, pudiendo ser canalizados a centros de tratamiento especializado, pero, en todo caso lo que resulta invariable es que aún en este tópico obedece a una resolución de reproche punitivo.

Para este sector de la población en desarrollo, donde la mayoría de las y los adolescentes han sido imputados ante la justicia penal por posesión simple del cannabis (de 5 a 100 gramos). Sin embargo, no fue el único sector en donde la política prohibicionista punitiva causó más sus estragos, en absoluto, también se dio la “feminización” (aunque, este fenómeno  – del encarcelamiento de mujeres- replicó en toda Latinoamérica, así, en la Argentina la tasa fue del 65%, en el Perú y Costa Rica dl 60.6, según, un estudio del CIDE en 2013) .

Como señala la Profesora Catalina Pérez (CIDE, 2018), “existen diferencias relevantes entre los delitos sancionados de hombres y mujeres -cometiendo el mismo delito-, aunque la mayoría de las mujeres involucradas lo están en el nivel más bajo de la cadena del crimen organizado. En el fuero federal, constituyen más del 30% de la delictividad en mujeres frente al 25% para hombres”. 

Para el Inegi (2020), dentro del periodo 2016-2018, ocho de cada diez mujeres acusadas por narcomenudeo o delitos contra la salud fueron condenadas (empero, hay que tomar en consideración -según la misma fuente- 4 de cada 10 personas adultas. Privadas de la libertad por los mismos, en centros estatales de reclusión aún no reciben sentencia). 

Definitivamente legalizar no es promover, pero también es verdad que reconocer -como sociedad y Estado- que, rectificar es de sabios, más aún, cuando los datos de cifras humanas están a la vista, y además, desde un enfoque presupuestario vemos que no es la manera más inteligente de invertir (enfrentar) el dinero público para solucionar un problema social.

Las y los espero, con el gusto de siempre, el próximo viernes con las conclusiones de esta seriación temática. 

carloshernandezyabogados@hotmail.com