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Defender el agua... cuesta

Por Luis González Lozano

Abril 25, 2026 03:00 a.m.

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Hay historias que parecen pequeñas hasta que se explican bien. En Saltillo, un grupo de vecinos construyó un jardín de lluvia: una solución ambiental sencilla para captar agua pluvial, infiltrar humedad al subsuelo y reducir escurrimientos urbanos. No era una ocurrencia decorativa. Era infraestructura verde hecha desde la ciudadanía.

Después apareció una obra vinculada con una empresa constructora. Según la información pública del caso, esa obra implicaba intervenir el espacio donde estaba el jardín de lluvia o afectarlo directamente. Los vecinos, al considerar que se ponía en riesgo una solución ambiental comunitaria, acudieron al juicio de amparo para tratar de detener la afectación.

Hasta ahí, el asunto debería parecer normal en un Estado constitucional, pero el amparo no prosperó. Fue sobreseído. Es decir, el juez no entró al estudio de fondo o consideró actualizada alguna causa procesal para concluir el juicio sin resolver si la obra afectaba o no derechos ambientales.

Y entonces vino lo más grave: la empresa vinculada con la obra reclamó que el amparo le había generado daños económicos, principalmente por retrasos o afectaciones al desarrollo del proyecto. Por eso ahora los vecinos enfrentan una posible responsabilidad económica que, según la nota, podría llegar hasta los dos millones de pesos.

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Dicho en palabras simples: los vecinos no fueron "castigados" por construir un jardín de lluvia. Tampoco por cuidar el agua. Lo que ocurre es que, después de promover un amparo contra una obra que consideraban dañina, la empresa sostiene que esa acción legal le causó pérdidas y busca cobrárselas.

El juicio de amparo no es un favor del Estado. Es una herramienta constitucional para defender derechos frente a actos de autoridad. En materia ambiental, además, puede servir para proteger el derecho humano a un medio ambiente sano, el acceso al agua, la salud, la ciudad, la información pública y la participación ciudadana.

Porque si una comunidad acude a los tribunales para defender una infraestructura verde y, al perder o no prosperar el juicio, queda expuesta a una reclamación millonaria, el mensaje público es devastador: puedes defender tus derechos, sí, pero bajo tu propio riesgo patrimonial.

Un jardín de lluvia es una solución basada en la naturaleza. Sirve para captar agua, infiltrar lluvia, reducir encharcamientos, alimentar el suelo y mejorar la resiliencia urbana. En ciudades cada vez más calientes, secas e impermeabilizadas, este tipo de soluciones deberían multiplicarse. Durante años hemos construido ciudades como si el agua fuera enemiga: pavimento, concreto, drenajes saturados, arroyos encajonados, suelos sellados. Luego llegan las lluvias y nos sorprende que el agua busque el camino que le quitamos.

Por eso la ciudadanía que crea, cuida o defiende infraestructura verde no debería ser tratada como obstáculo. Al contrario: debería ser escuchada. Pero aquí aparece una contradicción muy mexicana: lo ecológico se celebra cuando sirve para la foto, el render o el discurso; incomoda cuando se convierte en exigencia ciudadana, en expediente judicial o en pregunta pública.

También hay que decirlo con precisión: una empresa puede reclamar daños si considera que una acción legal le generó afectaciones. Pero esa reclamación no puede convertirse automáticamente en castigo. Debe probarse con rigor.

No basta decir "me retrasaron la obra". Tendría que acreditarse, entre otras cosas, que existió un daño real, que ese daño fue consecuencia directa del amparo, que la cantidad reclamada es razonable y que la conducta de los vecinos fue indebida, abusiva o jurídicamente injustificada.

Porque promover un amparo, por sí mismo, no debería considerarse una conducta ilícita. Es el ejercicio de un derecho. La línea es muy fina: una cosa es responder por daños efectivamente causados mediante una conducta abusiva; otra muy distinta es usar una reclamación económica para intimidar a quienes participan en asuntos públicos.

En otros países, a este tipo de litigios se les conoce como SLAPP: demandas estratégicas contra la participación pública. Son acciones que, más que buscar justicia, pueden servir para desgastar, asustar o silenciar a ciudadanos, periodistas, activistas o comunidades. El objetivo no siempre es ganar. A veces basta con mandar el mensaje: "si te metes, te cuesta".

Este caso debe analizarse con cuidado jurídico. No todo reclamo económico es ilegítimo, pero tampoco toda demanda de daños es inocente. En materia ambiental, cuando una reclamación millonaria se dirige contra vecinos que participaron en la defensa de un bien común, el estándar de revisión debe ser especialmente estricto.

Si defender un jardín de lluvia puede convertirse en deuda, mañana defender un parque, una arboleda, una zona de recarga, un río o una reserva natural también puede volverse financieramente peligroso.

Y entonces el derecho al medio ambiente sano quedará escrito en la Constitución, sí, pero rodeado de advertencias invisibles: úsese con precaución; puede generar costos; no apto para ciudadanos sin patrimonio suficiente. Eso no es justicia ambiental. Es selección económica del silencio.

Hoy son vecinos de Saltillo. Mañana puede ser cualquier comunidad que decida preguntar, organizarse o acudir ante un juez.

Delirium Tremens: ¿Cuánto cuesta, en este país, defender lo que es de todos? Tal vez esa sea la nueva política ambiental: sembrar miedo, regar litigios y cosechar silencio.