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Drones Delictivos

Por Carlos A. Hernández Rivera

Junio 14, 2024 03:00 a.m.

A

Hace un año el presidente López Obrador envió una iniciativa de ley al Congreso cuyo propósito era: “implementar un marco jurídico que incorpore agravantes a conductas constitutivas de delitos, realizadas con aeronaves pilotadas a distancia, que fortalezca la prevención y combata la impunidad en la comisión de los delitos mediante el uso de estos artefactos y así garantizar la paz y la seguridad de las y los mexicanos”.

El titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), general Luis Crescencio Sandoval González, había ya afirmado: “Se han asegurado 33 drones a partir de 2019 hasta este año. En 2019 fue uno, en el 2021 fueron nueve, en 22 fueron 12 y en la primera parte del 2023 eran 11” se han asegurado 19 en Michoacán; 5 en Guanajuato; 3 en Baja California; 2 en Jalisco; uno en Chiapas; uno en Hidalgo; uno en San Luis Potosí y uno en Tamaulipas. De estos se aseguraron 19 en Michoacán; 5 en Guanajuato; 3 en Baja California; 2 en Jalisco; uno en Chiapas; uno en Hidalgo; uno en San Luis Potosí y uno en Tamaulipas.

 Asimismo, según la propia Sedena, en 2020 se registraron 5 bombardeos con drones en el país. En 2021, se incrementaron a 107. En 2022, se contabilizaron 233. Y en el primer semestre de 2023 sumaron 260. Cabe precisar que, las ofensivas aéreas pueden durar toda la noche o varios días.

En San Luis Potosí a principios de este 2024 fue avistado un dron sobrevolando en el Centro Penitenciario “La Pila”, propiciando a las fuerzas del orden de la entidad a invertir en actualización de software tecnológicos y radares para inhabilitar ataques de esta naturaleza. De hecho, se afirma que en los centros penitenciarios se cuenta ya con inhibidores de señal para evitar que, a través de drones, se pudieran generar ataques con explosivos o incluso la introducción de armas o drogas vía aérea.

En este contexto fue que la semana pasada se publicó en el Diario Oficial de la Federación una miscelánea legislativa por medio de la cual se reforman y adicionan diferentes dispositivos normativos del Código Penal Federal y de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Las mismas que señalaré a continuación y en el mismo orden:

Artículo 139.- Se impondrá pena de prisión de quince a cuarenta años y multa de cuatrocientas a mil doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten: ... A quien utilice aeronaves pilotadas a distancia para cometer las conductas previstas en la fracción I del párrafo primero del presente artículo, se aumentará hasta en un tercio la pena establecida.

Artículo 163 Bis. - Se impondrá pena de prisión de diez a veinte años, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten, a quien mediante el uso de aeronaves pilotadas a distancia realice las conductas siguientes: I.      Arroje cualquier objeto o artefacto explosivo, artefactos explosivos improvisados o armas, así como sustancias químicas que por sí solas o combinadas sean susceptibles de ser empleadas como explosivos sobre otras personas o bienes, y II.     Impacte a alguna persona o propiedad con el propósito de causar daño. Cuando la persona o el bien afectado pertenezca o esté destinado a las Fuerzas Armadas o de seguridad pública, la pena establecida se aumentará hasta en una mitad.

Artículo 163 Quáter.- A quien utilice aeronaves pilotadas a distancia equipadas con dispositivos que permitan fotografiar o realizar grabaciones de audio o video, de forma física o empleando medios electrónicos, para vigilar actividades de personas servidoras públicas con la finalidad de conocer o reportar su ubicación para evadir su acción o ejecutar agresiones en su contra, se le impondrá una pena de prisión de tres a diez años; decomiso de los aparatos, equipos y objetos productos del delito, y multa de cincuenta a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten.

De momento se agotan las líneas de este mi espacio editorial. Las y los espero el próximo viernes.

carloshernandezyabogados@gmail.com