Inevitabilidad adelantada
La aprobación legislativa de la reforma al Poder Judicial ha suscitado debates intensos, extensos y hasta el cansancio catastrofistas. El final de la República es lo menos gravoso que puede advertirse según el dicho de juristas y expertos opinólogos; ¡la dictadura se ha instalado!, pontifican algunos estudiantes desde sus privilegios y comodidades.
La justicia, como toda dinámica social evoluciona, depende de criterios y albedríos que no siempre pueden ser objetivos o exactos; en derecho y en política dos más dos no son cuatro. La pregunta central es ¿puede administrar justicia una persona que no sea sobradamente técnica, hasta el cansancio formal y, dentro de ese ámbito, cuasi perfecta? La respuesta la podemos encontrar en la experiencia propia y en las justicias más avanzadas del mundo.
En Dinamarca, Francia, Estados Unidos y España, resuelven casos y dictan culpabilidad o inocencia, jurados constituidos por ciudadanos que no son peritos en derecho, aunque el proceso es guiado por un juez que sí lo es; incluso, en Estados Unidos de Norteamérica las causas y litigios civiles son resueltos por jurados, no por personas altamente capacitadas, pues la justicia se entiende como un valor que emana de la ciudadanía.
En México, el llamado jurado popular estuvo vigente de 1869 al 15 de diciembre de1929; hasta que, con la finalidad de erradicar la pena de muerte y las muchas absoluciones que se lograban, el presidente Emilio Portes Gil lo eliminó para dar paso a los jueces técnicos y estudiados, empero las absoluciones y las condenas no cambiaron; es decir, no se advirtió un cambio sustancial en la impartición de justicia según diversas opiniones, por ejemplo las del abogado penalista juradista, Federico Sodi Romero (1890-1969), que pueden encontrarse en su texto “El jurado resuelve”, de 1961.
Bajo esa premisa, el hecho que los juzgadores sean electos no equivale en automático a que el sistema de justicia sea endeble; cierto es que pueden ser influenciados por intereses políticos, sobre todo en la Suprema Corte de Justicia (ésa que los agoreros de la tragedia afirman “se quiere demoler”), pero en ese sentido, desde siempre, los máximos tribunales constitucionales han sido de influencia política, pues son propuestos por algunos de los poderes de la unión, mostrando la experiencia que los jueces constitucionales en ocasiones se apartan de la propuesta política que los propone, por mencionar algunos: Arturo Zaldívar, Margarita Ríos Fajart, Juan Luis González-Alcántara Carrancá. En la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que es un tribunal constitucional en materia electoral, tenemos como ejemplos a Felipe de la Mata Pizaña y Mónica Araceli Soto Fregoso.
Podemos dar un voto de confianza a quienes lleguen por la elección popular (algunos supongo de entre los ahora detractores), que al final se deberán a los ciudadanos y estarán acompañados por quien administra justicia en este país: los secretarios proyectistas, ellos son los que estudian y proponen, los que dedican horas en la elaboración de los proyectos de resolución. Ideal sería que varios de ellos sean candidatos.
Esperemos pues la instalación de los jueces electos y reconozcamos que en los poderes judiciales existen personas comprometidas y capaces, muchos no tienen por qué irse; tampoco creamos en el catastrófico augurio de la inevitabilidad de la muerte del sistema de justicia mexicano. Apostemos a los equilibrios y a la mesura, excluyamos jueces que dan efectos generales a las suspensiones de amparo en contra de leyes aprobadas democráticamente en afán de protagonismo; ellos también vulneraron el equilibrio de poderes por sus intereses y crearon en el imaginario colectivo la necesidad de esta reforma.
Ayer, doce de septiembre de 2024, con 19 votos a favor y siete en contra fue aprobada la reforma al Poder Judicial en el Congreso de San Luis Potosí.
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Otro abrazo abierto y buena suerte para la maestra Adriana Ochoa.