“Durante el trayecto, me administraron tres veces Luminal y me entregaron como un cadáver
al doctor Morales,
en Santander”
Leonora Carrington
La clínica Dr. E. Neumann ha recibido una serie de recomendaciones por parte del Mecanismo Nacional de Prevención de Tortura, dependiente de la CNDH (funciona de manera similar que los instaurados en Latinoamérica, pe. el Ecuador, aunque aquí forma parte de Ministerio del Interior), dentro de sus objetivos está el erradicar a través de la prevención de estas condenables prácticas, es así, que uno de sus radios de acción son los centros de detención como reclusorios, y desde luego, los hospitales psiquiátricos.
Aunque la tortura y los tratos degradantes cobran su dimensión más vil cuando quienes la ejercen son los agentes del Estado, empero no es privativo de este estadio autoritario, por el contrario, los particulares también son susceptibles de cometerla, e incluso, dentro de estas fortificaciones privadas es factible que pasen aún más invisibles.
Las observaciones señaladas al hospital psiquiátrico potosino, por el mecanismo preventivo de la CNDH, son dirigidas a situaciones contextuales, no en cuanto a casos particulares detectados, así, se observó falta de equipo médico, programas, personal, etcétera.
No es la primera vez que el nosocomio ha sido observado, hace 5 años ya había recibido recomendaciones de la CNDH (2013), dentro del llamado “Informe especial de los derechos humanos sobre hospitales psiquiátricos”, y, en aquel entonces las fallas detectadas fueron: a) falta de reglamento interno del hospital, b) omisión de notificación al ministerio público de ingresos involuntarios.
Textualmente el organismo nacional protector le precisaba al hospital potosino: “tales irregularidades impiden que los actos de autoridad de los servidores públicos encargados de la custodia y del tratamiento de las personas que se encuentran hospitalizadas estén debidamente fundados y motivados, por lo que se violan las garantías de legalidad y seguridad jurídica”.
Decía además la CNDH: “es importante señalar que los pacientes que ingresan de esta forma son especialmente vulnerables a toda clase de abusos, debido a que no tienen conciencia de sus actos o no pueden manifestar voluntariamente su aceptación”.
México desde 1994 estableció la NOM025-SSA2 (la Norma Oficial Mexicana) en la cual se establece, que un ingreso involuntario se presenta en el caso de usuarios con trastornos mentales severos, que requieran atención urgente o representen un peligro grave o inmediato para sí mismo o los demás.
No obstante a lo anterior, ello en absoluto implica que los internamientos involuntarios estén a merced del director del hospital o de los médicos psiquiatras, todo lo contrario, Naciones Unidas ha sido enfática al determinar que: “la hospitalización involuntaria es una forma de privación de la libertad, por lo que le son extensibles todos los derechos y garantías inherentes, tales como, la notificación de la razón de su detención, así del control judicial y de ello la importancia de notificar el internamiento involuntario hospitalario”.
Desde luego, no es el único espacio donde pueden ocurrir detenciones arbitrarias, o tratos crueles e inhumanos, como decía, establecimientos de particulares también realizan verdaderas detenciones, tal es caso, de los llamados “anexos” o centros de control de adicciones, es por ello, que el artículo 88 ter de la Ley Orgánica del Municipio Libre de San Luis Potosí, obliga al Coordinador municipal de Derechos Humanos lleve una estricta fiscalización al respecto.
En la ciudad de San Luis Potosí se ha politizado la elección, precisamente, del Coordinador/a Municipal de Derechos Humanos, ojalá el Cabildo capitalino obedezca los denominados “Principios de París”, guía internacional para la designación de los Ombudsperson, que entre otras cosas exige, que quien ha de desempeñarse, ante todo y sobre todo, debe garantizar en su perfil personal una autonomía de quien se supone ha de fiscalizar, en este caso al gobierno de la ciudad, es por ello, que si su imparcialidad no está garantizada por la pertenencia a grupos políticos o de poder, sin duda, se estará fallando a estas directrices universales.
Las y los espero con el gusto de siempre el próximo viernes 11 de enero de 2019, no sin antes desearles muy feliz navidad e inicio de año nuevo.
al doctor Morales,
en Santander”
Leonora Carrington
La clínica Dr. E. Neumann ha recibido una serie de recomendaciones por parte del Mecanismo Nacional de Prevención de Tortura, dependiente de la CNDH (funciona de manera similar que los instaurados en Latinoamérica, pe. el Ecuador, aunque aquí forma parte de Ministerio del Interior), dentro de sus objetivos está el erradicar a través de la prevención de estas condenables prácticas, es así, que uno de sus radios de acción son los centros de detención como reclusorios, y desde luego, los hospitales psiquiátricos.
Aunque la tortura y los tratos degradantes cobran su dimensión más vil cuando quienes la ejercen son los agentes del Estado, empero no es privativo de este estadio autoritario, por el contrario, los particulares también son susceptibles de cometerla, e incluso, dentro de estas fortificaciones privadas es factible que pasen aún más invisibles.
Las observaciones señaladas al hospital psiquiátrico potosino, por el mecanismo preventivo de la CNDH, son dirigidas a situaciones contextuales, no en cuanto a casos particulares detectados, así, se observó falta de equipo médico, programas, personal, etcétera.
No es la primera vez que el nosocomio ha sido observado, hace 5 años ya había recibido recomendaciones de la CNDH (2013), dentro del llamado “Informe especial de los derechos humanos sobre hospitales psiquiátricos”, y, en aquel entonces las fallas detectadas fueron: a) falta de reglamento interno del hospital, b) omisión de notificación al ministerio público de ingresos involuntarios.
Textualmente el organismo nacional protector le precisaba al hospital potosino: “tales irregularidades impiden que los actos de autoridad de los servidores públicos encargados de la custodia y del tratamiento de las personas que se encuentran hospitalizadas estén debidamente fundados y motivados, por lo que se violan las garantías de legalidad y seguridad jurídica”.
Decía además la CNDH: “es importante señalar que los pacientes que ingresan de esta forma son especialmente vulnerables a toda clase de abusos, debido a que no tienen conciencia de sus actos o no pueden manifestar voluntariamente su aceptación”.
México desde 1994 estableció la NOM025-SSA2 (la Norma Oficial Mexicana) en la cual se establece, que un ingreso involuntario se presenta en el caso de usuarios con trastornos mentales severos, que requieran atención urgente o representen un peligro grave o inmediato para sí mismo o los demás.
No obstante a lo anterior, ello en absoluto implica que los internamientos involuntarios estén a merced del director del hospital o de los médicos psiquiatras, todo lo contrario, Naciones Unidas ha sido enfática al determinar que: “la hospitalización involuntaria es una forma de privación de la libertad, por lo que le son extensibles todos los derechos y garantías inherentes, tales como, la notificación de la razón de su detención, así del control judicial y de ello la importancia de notificar el internamiento involuntario hospitalario”.
Desde luego, no es el único espacio donde pueden ocurrir detenciones arbitrarias, o tratos crueles e inhumanos, como decía, establecimientos de particulares también realizan verdaderas detenciones, tal es caso, de los llamados “anexos” o centros de control de adicciones, es por ello, que el artículo 88 ter de la Ley Orgánica del Municipio Libre de San Luis Potosí, obliga al Coordinador municipal de Derechos Humanos lleve una estricta fiscalización al respecto.
En la ciudad de San Luis Potosí se ha politizado la elección, precisamente, del Coordinador/a Municipal de Derechos Humanos, ojalá el Cabildo capitalino obedezca los denominados “Principios de París”, guía internacional para la designación de los Ombudsperson, que entre otras cosas exige, que quien ha de desempeñarse, ante todo y sobre todo, debe garantizar en su perfil personal una autonomía de quien se supone ha de fiscalizar, en este caso al gobierno de la ciudad, es por ello, que si su imparcialidad no está garantizada por la pertenencia a grupos políticos o de poder, sin duda, se estará fallando a estas directrices universales.
Las y los espero con el gusto de siempre el próximo viernes 11 de enero de 2019, no sin antes desearles muy feliz navidad e inicio de año nuevo.

