¿Para qué sirve el CEEPAC?
Considero que por la buena salud de nuestro sistema democrático y para no generar falsas expectativas en la ciudadanía, es necesario recordar que una elección legal de gobernador de nuestro estado, es de tal importancia, que debe estar ampliamente respaldada no solo por un cómputo real y confiable de los votos, sino también, por prácticas escrupulosas de los responsables de la organización electoral, establecidas en la Ley.
Estos órganos deben dar garantía a los electores, de que la preparación de la elección, la impresión de la papelería electoral, boletas y actas, la ubicación de las casillas, la vigilancia del tope legal de gastos de campaña y que la insaculación y capacitación de los funcionarios de casilla, se haya realizado mediante un sorteo transparente, que garantice que los funcionarios de cada casilla sean ciudadanos que vivan en la misma sección electoral, que no militen en ningún partido político y de reconocida honorabilidad dentro de su vecindario. Esta alta responsabilidad le corresponde al Centro Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, CEEPAC.
Es más que evidente que no cumplió ni cumple con el Art. 30 de la Ley Electoral que establece que: “El CEEPAC, será profesional en su desempeño y se regirá por los principios de certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, equidad, máxima publicidad y objetividad.”
Enumero algunos ejemplos del pésimo trabajo del CEEPAC, que, si no es, se asemeja mucho a una complicidad culpable:
1.- La suplantación deliberada de 47 presidentes de casilla, 132 secretarios y 289 escrutadores, por militantes del partido Verde a los que se les había ordenado presentarse a primera hora de la mañana para ocupar los primeros lugares de la fila y ser designados como funcionarios de la casilla, ante la ausencia de los insaculados por Ley, previamente amenazados si acudían a cumplir con su tarea el día de la jornada electoral.
2.- 468 afiliados al Partido Verde en los distritos V y IX, pertenecientes a Soledad de Graciano Sánchez, que estuvieron presentes en 303 de las 458 casillas instaladas. Esta información se obtuvo del padrón de militantes del Partido Verde, publicado en la página del INE, que fue cotejado contra el documento de integración de las casillas, difundido por el CEEPAC.
3.- Aparición de miles de boletas electorales sin folio y de dimensiones distintas y formatos de las actas de diferentes medidas elaboradas con firma del representante del PAN, en casillas donde no había representante de este partido.
4.- Al más puro estilo de los tiempos del partido único, urnas embarazadas desde el comienzo de la jornada y expulsión de algunos representantes de casilla de la oposición.
5.- Una imperdonable falla en la cadena de custodia del material electoral, como el extravío de casi 9000 (NUEVE MIL) BOLETAS ELECTORALES.
6.- La diferencia que Gallardo Cardona sacó a Octavio Pedroza en el municipio de Soledad, dan cuenta de un fenómeno muy extraño que es la diferencia exagerada entre los votos obtenidos por la gallardía para la presidencia de ese municipio, de los diputados locales y de gobernador, que hace sospechar vivamente de alguna manipulación a favor de su candidato a gobernador: por cada 100 votos que le dieron a Leonor Noyola, a Gallardo Cardona le entregaron 149. Por cada 100 votos a favor de candidatos gallardistas a diputados locales, al candidato a gobernador le entregaron 130.
Una diferencia que solo se podría entender como parte de un inexplicable voto diferenciado entre los seguidores de la gallardía, o por algún tipo de maniobra operada de manera muy precisa para ampliar suficientemente la ventaja de Gallardo C. para asegurarle el triunfo.
7.- El CEEPAC debe explicar cómo fue posible que quedara como presidente de la casilla en la que votó el alcalde de la capital Lic. Xavier Nava Palacios, la ciudadana Lucero Aguilar, bien identificada como militante del Verde y seguidora del candidato Gallardo Cardona, que, sin vivir en la sección electoral de esa casilla y, al presentarse a votar el Lic. Nava, se puso de pie y a gritos, le lanzó insul tos en forma agresiva y repetida, sin que nadie le aplicara sanción alguna, como sería removerla de inmediato de su función y expulsarla del lugar, sin perjuicio de ser sujeta a sanción penal por imponer desorden en la casilla.
Los consejeros del CEEPAC, no cumplieron con su responsabilidad de garantizar una elección como la Ley ordena y deben una explicación muy a fondo a la ciudadanía.
Si no lo hacen ¿PARA QUÉ SIRVE EL CEEPAC?



