Aprueban medios digitales en litigios del orden civil

El consentimiento en los actos jurídicos se podrá llevar a cabo mediante los medios electrónicos, ópticos, o por cualquier otra tecnología, de acuerdo con la reforma aprobada por el Congreso del Estado al Código Civil.
El dictamen aprobado por el Poder Legislativo precisa en la exposición de motivos que las leyes deben adaptarse a la realidad social, que va cambiando con el paso del tiempo, además de que la misma disposición ya se encuentra establecida en el Código Civil Federal.
“La tecnología es una aplicación de un conjunto de conocimientos y habilidades con el objetivo de facilitar los problemas de la sociedad hasta lograr satisfacerlas en un ámbito concreto. Es un proceso integral basado en la aplicación de la ciencia y el conocimiento en muchos ámbitos de la vida de forma ordenada y cuidadosa para conseguir fines importantes y valiosos para todos”, se informó en un comunicado del Congreso del Estado.
“El consentimiento puede ser expreso o tácito. Es expreso cuando se manifiesta verbalmente, por escrito o por signos inequívocos, a través de medios físicos, electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología. El tácito resultará de hechos o de actos que lo presupongan o que autoricen a presumirlo, excepto en los casos en que por la Ley o por convenio la voluntad deba manifestarse expresamente”, se precisó.
“Los supuestos previstos en los párrafos que anteceden se tendrán por cumplidos mediante la utilización de medios electrónicos, ópticos, o de cualquier otra tecnología, siempre que la información generada o comunicada en forma íntegra, a través de estos medios, sea atribuible a la persona obligada y accesible para su consulta”.
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