Ceepac recuerda las prohibiciones en intercampañas

Ceepac recuerda las prohibiciones en intercampañas

A-AA+


La presidenta del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) Laura Elena Fonseca Leal, realizó un llamado a los partidos políticos y los candidatos locales a respetar la reglamentación establecida en el plazo de intercampañas que comprende 76 días del período del 12 de febrero al 28 de abril de 2018.

Durante este período los participantes en la contienda electoral deben evitar hacer llamados al voto que busquen la promoción entre los ciudadanos, así como eventos públicos o mítines.

No obstante, informó que no les está limitado a los partidos políticos aparecer y expresarse en los espacios informativos de radio y televisión, o conceder entrevistas en cualquier otro medio.

Informó que derivado de que el proceso electoral potosino forma parte de la elección presidencial concurrente, durante el plazo de intercampaña los partidos políticos disponen del cincuenta por ciento de los tiempos en radio y televisión, es decir, veinticuatro minutos se destinarán a la difusión de mensajes de las autoridades electorales.

Al referirse a las prohibiciones que existen en el período de intercampañas, informó que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º, párrafos I y II de la Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí, se entienden por actos de campaña, así como por actos anticipados de campaña las siguientes acciones.

Actos de campaña: las reuniones públicas, asambleas, marchas y, en general, aquellos actos en que los candidatos, o voceros de los partidos políticos, se dirigen al electorado para promover sus candidaturas. Actos Anticipados de Campaña: los actos de expresión que se realicen bajo cualquier modalidad y en cualquier momento fuera de la etapa de campañas, que contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de una candidatura o un partido, o expresiones solicitando cualquier tipo de apoyo para contender en el proceso electoral por alguna candidatura o para un partido.

Por lo anterior, consideró que cualquiera de los actos mencionados en las fracciones que anteceden durante el periodo comprendido del 12 de febrero al 28 de abril de 2018 quedan prohibidos.