Conflicto entre empresas enreda caso El Realito

La personalidad jurídica para sostener la relación empresa-sector público en el caso del acueducto de la presa El Realito, es de la Comisión Estatal del Agua (CEA).
El Interapas es receptor, pero el gobierno de Marcelo de los Santos fue el responsable de planear con la Comisión Nacional del Agua la cortina, y primeramente el gobierno del estado de San Luis Potosí en el sexenio de Fernando Toranzo Fernández, contrató la construcción con base en las facultades legales otorgadas a la CEA.
La empresa operadora aprovecha ese vacío, para dejar de informar al Interapas, de los accidentes en el acueducto. Sin embargo, Aquos sostiene diferencias con la empresa subcontratada para operar el servicio.
Aún en los tiempos de Jesús Alfonso Medina Salazar como director de la Comisión Estatal del Agua, llegó un informe a la instancia estatal, no al Interapas, registrado bajo el número de oficio AQUOS/OERSA/6979/2021, en el que explica la necesidad de rescindir el contrato a una empresa que ha incumplido con diversos términos, entre los que se encuentra la falta de garantías para cumplir con la prestación de servicios complementarios.
Esa empresa se llama Oersa, y a ese respecto, explica que los términos de una rescisión del contrato a la que también identifica como O&M, se derivan de diversos incumplimientos en que incurrió Oersa durante su desempeño como subcontratista para la operación eficiente del acueducto El Realito.
Entre otros incumplimientos, se encuentra un servicio insatisfactorio que obligó a la empresa operadora principal a realizar un requerimiento de devolución y/o entrega de las instalaciones, control y operación de la planta potabilizadora, y del sistema del acueducto El Realito, que debía ocurrir a más tardar el día 1 de marzo del 2021 a partir de las 11:00 horas.
Por lo que se refiere al requerimiento de devolución y entrega de las instalaciones, control y operación de la planta potabilizadora y todas las acciones derivadas de la petición, se referían a una justificación de la empresa operadora, para justificar las fallas constantes en el acueducto de suministro.
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