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Detallan diputados casos en que no procede la "objeción de conciencia"

Las adecuaciones a la Ley de Salud en el Estado se votarán en el Pleno del Congreso en agosto

Por María Elena Cruz

Julio 02, 2024 01:26 p.m.

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Foto: Citlally Montaño-Pulso

Foto: Citlally Montaño-Pulso

La Comisión de Salud del Congreso del Estado aprobó una iniciativa que adhiere el concepto de "objeción de conciencia" al Artículo 37 BIS de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí, con el fin de regular su uso.

La "objeción de conciencia" se entiende como un derecho individual de los prestadores de servicio de salud para excusarse de ejercer un acto médico legalmente aprobado y jurídicamente exigible.

En esta iniciativa, la "objeción de conciencia" por parte del personal médico se regula para ser improcedente en casos de procedimientos que sean incompatibles con sus creencias éticas, religiosas o morales.

Es por ello, que será improcedente en casos de insuficiencia de personal de salud, cuando esto signifique la postergación de la atención médica al paciente; cuando esto cause una agravación al estado del paciente; cuando signifique prolongar su sufrimiento o en caso de que no haya otra alternativa viable para su atención.

La diputada Bernarda Reyes Hernández, promovente de esta iniciativa, señaló que se analizó una acción de inconstitucionalidad dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en 2021 en contra de la regulación de este concepto en la Ley General de Salud a nivel nacional.

La SCJN consideró en su momento que resultaba ambiguo regular la "objeción de conciencia" por parte del personal médico simplemente señalando que sería improcedente cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica, como estaba señalado en la reforma aprobada en 2018, señalando que podría significar una violación a los derechos humanos.

De esta forma, reforzada con la opinión del sector salud en el estado, la legisladora presentó su iniciativa detallando a mayor escala los casos en donde podrá o no ejercerse la "objeción de conciencia".

"Esta acción de inconstitucionalidad fue en positivo, toda vez que le faltaba regularse. Hemos perfeccionado nuestra iniciativa. (...) Quedó debidamente establecida las excepciones de la objeción de conciencia, no podrá haber ninguna negligencia ni dejar a las personas sin su derecho a la salud", comentó.

Las adecuaciones se votarán en el Pleno del Congreso del Estado una vez que se instale el periodo extraordinario de sesiones, previsto para agosto.