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El Congreso del Estado aprobó por unanimidad una iniciativa presentada por el abogado José Mario de la Garza el 21 de abril de 2016, para reformar la fracción IV del artículo 19 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí.
Su finalidad consiste en eliminar todo tipo de partida financiera adicional a la dieta de los legisladores, lo cual significa que, a partir de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, los diputados locales ya no podrán recibir recursos económicos extraordinarios.
La fracción cuarta del artículo 19 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado quedó de la siguiente manera:
ARTICULO 19. Las atribuciones del Congreso del Estado en relación con sus asuntos internos son:
IV. Elaborar su presupuesto de egresos, el cual deberá incluir los tabuladores desglosados de las remuneraciones que se propone perciban sus servidores públicos, remitiéndolo al Ejecutivo para su inclusión en el Presupuesto de Egresos del Estado, asimismo, administrarlo y ejercerlo en forma autónoma en los términos que disponga la ley. En el caso de los diputados, queda prohibido asignar cualquier tipo de partida adicional a su dieta y prestaciones económicas que por el ejercicio de su función les corresponde.
En la exposición de motivos del dictamen aprobado se señala que conforme a lo dispuesto por la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, en la fracción I de su artículo 133, se considera remuneración o retribución toda percepción en efectivo o en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios, recompensas, bonos, estímulos, comisiones, compensaciones y cualquier otra; con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobación que sean propios del desarrollo del trabajo, y los gastos de viaje en actividades oficiales.
Que aún y cuando las remuneraciones al ser determinadas deben atender lo que dispone la norma constitucional, así como la Ley Reglamentaria del Artículo 133 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, resulta pertinente atender la iniciativa a fin de que se establezca en el cuerpo normativo orgánico del Congreso del Estado la prohibición de que los diputados reciban cantidad distinta a la remuneración que como consecuencia del desempeño de sus funciones les corresponde, y que sin importar la denominación que se les dé, están sujetas a comprobaciones futuras y con defectos de credibilidad y transparencia.
Sostiene que a pesar de que la disposición constitucional referida anteriormente ya establece lo que ha de considerarse como remuneración, aunado a que además ordena que las remuneraciones deban de ser públicas y expresar los elementos fijos y variables que la componen, resultaba necesario que se expresara de manera puntal que los diputados no podrán percibir cantidades distintas a sus remuneraciones, ello en abono a la transparencia. De tal forma que los integrantes de la Legislatura no reciban cantidades que estén supeditadas a esquemas de comprobación que carecen de credibilidad.
El diputado Gerardo Serrano celebró que el Congreso del Estado eliminara esa partida, con lo cual habrá más transparencia y rendición de cuentas , "con eso los diputados solamente tendrán sus ingresos y no podrán manejar más recursos".
Dijo que con esa reforma los legisladores estarán enfocados únicamente en legislar buscando siempre la mejoría de los ciudadanos.
Destacó que los salarios deberían ir acorde a la productividad de los legisladores.
Su finalidad consiste en eliminar todo tipo de partida financiera adicional a la dieta de los legisladores, lo cual significa que, a partir de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, los diputados locales ya no podrán recibir recursos económicos extraordinarios.
La fracción cuarta del artículo 19 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado quedó de la siguiente manera:
ARTICULO 19. Las atribuciones del Congreso del Estado en relación con sus asuntos internos son:
IV. Elaborar su presupuesto de egresos, el cual deberá incluir los tabuladores desglosados de las remuneraciones que se propone perciban sus servidores públicos, remitiéndolo al Ejecutivo para su inclusión en el Presupuesto de Egresos del Estado, asimismo, administrarlo y ejercerlo en forma autónoma en los términos que disponga la ley. En el caso de los diputados, queda prohibido asignar cualquier tipo de partida adicional a su dieta y prestaciones económicas que por el ejercicio de su función les corresponde.
En la exposición de motivos del dictamen aprobado se señala que conforme a lo dispuesto por la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, en la fracción I de su artículo 133, se considera remuneración o retribución toda percepción en efectivo o en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios, recompensas, bonos, estímulos, comisiones, compensaciones y cualquier otra; con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobación que sean propios del desarrollo del trabajo, y los gastos de viaje en actividades oficiales.
Que aún y cuando las remuneraciones al ser determinadas deben atender lo que dispone la norma constitucional, así como la Ley Reglamentaria del Artículo 133 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, resulta pertinente atender la iniciativa a fin de que se establezca en el cuerpo normativo orgánico del Congreso del Estado la prohibición de que los diputados reciban cantidad distinta a la remuneración que como consecuencia del desempeño de sus funciones les corresponde, y que sin importar la denominación que se les dé, están sujetas a comprobaciones futuras y con defectos de credibilidad y transparencia.
Sostiene que a pesar de que la disposición constitucional referida anteriormente ya establece lo que ha de considerarse como remuneración, aunado a que además ordena que las remuneraciones deban de ser públicas y expresar los elementos fijos y variables que la componen, resultaba necesario que se expresara de manera puntal que los diputados no podrán percibir cantidades distintas a sus remuneraciones, ello en abono a la transparencia. De tal forma que los integrantes de la Legislatura no reciban cantidades que estén supeditadas a esquemas de comprobación que carecen de credibilidad.
El diputado Gerardo Serrano celebró que el Congreso del Estado eliminara esa partida, con lo cual habrá más transparencia y rendición de cuentas , "con eso los diputados solamente tendrán sus ingresos y no podrán manejar más recursos".
Dijo que con esa reforma los legisladores estarán enfocados únicamente en legislar buscando siempre la mejoría de los ciudadanos.
Destacó que los salarios deberían ir acorde a la productividad de los legisladores.








