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Luis Raúl González Pérez, presidentee de la CNDH/Foto: Archivo
Si bien, San Luis Potosí tiene un avance general de 90.91 por ciento en la armonización constitucional local en referencia con la Carta Magna nacional, en el tema de Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia el porcentaje disminuye a 83.33, revelaron datos de un reporte de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Según el estudio de armonización de las constituciones locales con reformas a la Constitución sobre derechos humanos de 2011, elaborado por la CNDH, de 12 derechos englobados en esta garantía, en cinco de ellos la entidad registra un avance de armonización de 60 por ciento.
Entre ellas, se ubican: Derecho a la igualdad de protección ante la ley y de la ley, y a la igualdad de oportunidades; Derecho a no ser sometida a tortura; Derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral; Derecho a la salud; y Derecho a contraer matrimonio de manera libre e informada.
En caso del derecho a contraer matrimonio de manera libre e informada, el organismo autónomo nacional advirtió que Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres no incluyen artículos que prevean este derecho.
Además, recalcó que el Código Civil regula la perpetuación de la especie como fin del matrimonio, lo cual es contrario al reconocimiento del matrimonio entre personas del mismo sexo.
“La norma debe garantizar un efecto útil en la promoción, respeto, protección y garantía del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, y con ello dar cumplimiento al mandato de armonizar la legislación a la luz de lo establecido en el bloque de constitucionalidad”, reiteró.
A su vez, en cuanto al derecho a la salud, evidencio que en el Código Penal se regulan requisitos para el aborto contrarios a lo dispuesto por la NOM-046 (requiere que sean comprobados los hechos de la violación) y no se regula un daño grave a la salud de la mujer como causal de excluyente de responsabilidad.
Asimismo, enfatizó que la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres sólo prevé medidas para la protección de los derechos sexuales y reproductivos y sus efectos en los ámbitos público y privado.
Es decir, la constitución local tiene pendientes armonizaciones con las garantías nacionales referentes al aborto y matrimonio igualitario, cuyos temas han generado controversia en el Congreso del Estado y la sociedad potosina.








