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Video | Por mayoría, Congreso aprueba despenalizar el aborto en SLP

En sesión de este jueves, diputadas y diputados avalaron derogar diversos artículos del Código Penal del Estado

Por María Elena Cruz

Noviembre 07, 2024 02:55 p.m.

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Foto: Citlally Montaño/Pulso

Foto: Citlally Montaño/Pulso

El Congreso del Estado aprobó por mayoría derogar los artículos del Código Penal del Estado que criminalizan la interrupción del embarazo en San Luis Potosí.
La Comisión Primera de Justicia sesionó el día de hoy a las 12 horas, donde se aprobó el dictamen que deroga los artículos 148, fracciones I y II; 149 y 150, fracción III del Código Penal, en atención a la sentencia del Juzgado Tercero de Distrito que, por medio de un amparo, declaró dichas disposiciones como inconstitucionales y ordenó al Congreso a modificarlas antes del 15 de diciembre, día en que culmina el Primer Periodo Ordinario de Sesiones.
Dentro de la Sesión Ordinaria citada para este jueves a las 13 horas se incluyó este dictamen, el cual, fue aprobado por mayoría.

Con esto, no se podrá sancionar penalmente a las mujeres y personas gestantes que recurran a un aborto dentro de las 12 primeras semanas de gestación.

Además, se modifica la pena para las mujeres o personas gestantes que interrumpan voluntariamente su embarazo después de las 12 semanas, pues estas sólo podrán ser sancionadas con 100 a 300 días de trabajo comunitario, modificando la pena establecida por el delito de aborto, que constaba de tres a ocho años de prisión y sanción pecuniaria de 300 a 800 días del valor de la UMA.

El dictamen se aprobó con 20 votos a favor de los diputados del PVEM, Morena, PT, MC y PRI. Hubo votos 4 en contra de toda la bancada del PAN.

Faltaron los votos de Sara Rocha Medina del PRI, que estuvo ausente en la sesión, así como de la diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas y Luis Fernando Gámez Macías del PVEM, que dejaron el pleno antes de la votación. 

AVALAN IGUALDAD SUSTANTIVA

El Congreso del Estado aprobó por unanimidad la minuto de reforma constitucional en materia de igualdad sustantiva, propuesta por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo.

La reforma modifica los artículos 4º, 21, 41, 73, 116, 122 y 123 de la Constitución Política, en materia de igualdad sustantiva, perspectiva de género, derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y erradicación de la brecha salarial por razones de género.

La reforma fue enviada por el Congreso de la Unión el día de ayer después de haber sido aprobada también por unanimidad. La Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso del Estado la aprobó el mismo día de hoy a las 12:00 horas, para después incluirla en la Sesión Ordinaria del Pleno a las 13:00 horas.

En estas modificacione se incluye que la actuación de las instituciones de seguridad pública se regirán por el principio de perspectiva de género.  

Además, establece que a trabajo igual, corresponderá salario igual, sin tener en cuenta sexo, género ni nacionalidad. Las leyes secundarias establecerán los mecanismos tendientes a reducir y erradicar la brecha salarial de género.

También se establece que el Estado garantice el goce y ejercicio del derecho de igualdad sustantiva de las mujeres, y que toda persona tiene derecho a vivir una vida libre de violencias, por lo que el Estado tiene deberes reforzados de protección con las mujeres, adolescentes, niñas y niños.