Ratifica tribunal estatal reparto de "pluris" establecido por el Ceepac

El Pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEE), ratificó el acuerdo del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac), donde asignó a los partidos políticos las diputaciones de representación proporcional para la confirmación del Congreso del Estado, correspondiente al período 2021-2024.
Con ello, validó las asignaciones de Marcela García Vázquez, Cuauhtli Fernando Badillo Moreno y Lidia Nayelly Vargas Hernández de Morena; María Elena Ramírez Ramírez del Partido Conciencia Popular (PCP); Cinthia Verónica Segovia Colunga del Partido del Trabajo (PT); y Bernarda Reyes Hernández del Partido Acción Nacional (PAN).
Respecto al juicio presentado por el morenista Juan José Hernández Estrada, sobreseyó el asunto porque se actualiza la causal de improcedencia, prevista en el artículo 15, fracción III de la Ley Justicia Electoral, consistente en la falta de interés jurídico del actor.
Además, consideró correcto que el Ceepac haya considerado sobrerrepresentados al PAN y el PT, pues el primero tuvo siete diputaciones y el segundo con cuatro, en tanto Morena solo dos, es decir, estaba subrepresentado.
Sobre los señalamientos de la panista Verónica Rodriguez Hernández en relación a que Reyes Hernández pertenece al PRI y que el Ceepac la consideró del PAN, resolvió infundado el agravio, toda vez que el organismo electoral obedeció al convenio de coalición “Si por San Luis Potosí”, consistente en que la o el ganador del distrito 15 seria postulado por el PAN, pero se sumaría a la fracción priista.
Sobre el medio promovido por María Patricia Álvarez Escobedo, quien consideró incorrecto que Segovia Colunga correspondía al PT y no al PVEM, que es su partido de origen, aplicó el criterio anterior, es decir, el Ceepac acató lo acordado por “Juntos Haremos Historia”.
Determinó correcto el ajuste al PCP para compensar la conformación paritaria de la LXIII Legislatura, pues el Ceepac estableció el mecanismo en la materia, consistente en que, si predomina el género masculino se modificará el orden de prelación de los plurinominales, iniciando con el partido que haya obtenido la menor votación válida efectiva.
En relación a la priista Martha Rangel Torres, quien consideró que el Ceepac no aplicó acciones afirmativas de género para la conformación, recalcó que debió impugnar en la etapa de registro de candidaturas del PRI si consideraba que no se cumplía con la paridad en el partido, y no en las asignaciones de representación proporcional.
Finalmente, decretó que el PRD no obtuvo representatividad al no obtener el 3% de la votación válida emitida, y fue correcta la distribución en la coalición de “Sí por San Luis Potosí”; y validó el nombramiento de García Vázquez en la cuarta posición.
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