Aprueban cárcel en Nuevo León a hombres que dejen a mujeres embarazadas
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Por unanimidad, el Congreso de Nuevo León aprobó una reforma al Código Penal del Estado para castigar con penas de uno a seis años de cárcel y multa de 180 a 360 cuotas, a quien abandone a su pareja embarazada o incumpla obligaciones con personas que tengan alguna discapacidad o pertenezcan a grupos vulnerables como adultos mayores.
La propuesta que modifica por adición el artículo 335 del Código Penal del Estado, correspondiente al capítulo II referente a Abandono de personas, fue aprobada en la sesión del miércoles con el voto a favor de 32 legisladores, cero en contra y cero abstenciones.
Asimismo, serán objeto de "pérdida de los derechos de patria potestad, tutela, hereditarios, o alimentos que pudiera tener sobre el acreedor alimentario; y pago como reparación del daño de las cantidades no suministradas oportunamente por el imputado".
Y en caso de no haber reconocimiento de paternidad, los costos de las pruebas científicas que hagan prueba plena de paternidad, serán cubiertas por el padre en caso de ser positivas.
Jorge de León puntualizó que el objetivo de la reforma aprobada, que entrará en vigor a partir de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, es inhibir prácticas de abandono e incumplimiento de responsabilidades hacia mujeres que son abandonadas en estado de gravidez, y sus parejas se desentienden económicamente de ellas y sus hijos.
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