Sipinna urge a medios de comunicación a proteger derechos de niños
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El Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna) advirtió que los medios de comunicación tienen responsabilidad en la tarea de proteger los derechos de la niñez y la adolescencia.
En un comunicado, señaló que el uso informativo y la difusión en medios de comunicación impresos, electrónicos y digitales de fotos, videos, blogs, comunicados, mensajes por redes sociales, notas, entrevistas y reportajes donde intervienen niñez y adolescencia, deben salvaguardar sus derechos humanos, en especial los de su intimidad y participación en los asuntos que les atañen de acuerdo con el marco legal vigente.
El Sipinna recordó que en la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas, en sus artículos 12, 16 y 17, especifica el derecho de toda niña, niño o adolescente a tener escucha y participación y su derecho a la privacidad, por lo que ninguno de ellos deberá ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni sufrir de ataques ilegales a su honra y a su reputación, y que tienen derecho a la protección de la ley.
En el caso de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes expuso que en lo que toca al derecho a la intimidad, en sus artículos 68 y del 76 al 80, dicho ordenamiento dispone que no podrán ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, familia, domicilio o correspondencia; que tampoco podrán hacerse divulgaciones o difusiones ilícitas de su información o datos personales, y que se considerará violación a su intimidad cualquier manejo directo de su imagen, nombre o referencias que permitan su identificación en los medios de comunicación.
En el caso de entrevistas a niñas, niños y adolescentes, además de que deben ser respetuosas, no podrán mostrar actitudes ni emitir comentarios que afecten o impidan su desarrollo integral; tampoco se podrán poner palabras en su boca ni inducir sus opiniones, y que además de la opinión de los propios niños, niñas y adolescentes, se requiere el consentimiento de quienes ejerzan sobre ellos la patria potestad o tutela.
El organismo dependiente de la Secretaría de Gobernación resaltó que las autoridades federales, estatales y municipales garantizarán la protección de la identidad e intimidad de niñas, niños y adolescentes que sean personas víctimas, ofendidas, testigos, o que se relacionen con la comisión de un delito, ello a fin de evitar que su identificación pública afecte su vida futura.
"Los medios de comunicación deberán asegurarse que las imágenes, voz o datos de niñas, niños o adolescentes a difundir, no pongan en peligro su vida, integridad o dignidad, y que no vulneren sus derechos aun cuando se modifiquen, se difuminen o no se especifiquen sus identidades, y evitarán la difusión de noticias que propicien su discriminación, criminalización o estigmatización", advirtió.
Destacó que en caso de incumplimiento de tales lineamientos, los niños, niñas o adolescentes afectados, por conducto de su representante legal o de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, podrán promover acciones civiles de reparación, ello en términos del artículo 80 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
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