Alternativas punitivas
“Legalizar no es promover”
L. Amara
En 2018 las carpetas de investigación abiertas por delitos contra la salud (incluyendo el narcomenudeo), osciló a una tasa del 83.9% por cada 100 mil habitantes (Inegi, 2020). Del 80.3% de los adolescentes en conflicto con la ley, lo estaban por tenencia de marihuana (5 y 100 gm), mientras que en los adultos fue del 41.6%. La presente colaboración aborda algunos aspectos estadísticos, qu,e reflejan la problemática de este grupo en su relación con la política punitiva de cero de tolerancia (que quedó superada por decisión jurisprudencial).
A partir del Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE), del Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal (CNPJF), del Censo Nacional de Impartición de Justicia Estatal (CNIJE), del Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal (CNIJF), del Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario Estatales (CNGSPSPE) y del Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal (CNSPF), el Inegi logró establecer (2020), cabios y tendencias sobre la punitividad relacionada al consumo de la marihuana.
Los datos hablan solos, es así que vemos que existe una tendencia a la imputabilidad en la justicia penal al grupo de adolescentes, pues, es el segundo delito que motiva su presencia ante las instancias de justicia. Otro punto revelador es que el 80% de las imputaciones (2018), en este sector juvenil, es que el 80% fueron imputados por tenencia de cannabis (en el rango de 31 a 51 gramos el involucramiento es de apenas el 3.5, mientras que, dentro de los 2 mil a 5 mil es de cero%), y en menor medida por la tenencia de cocaína u otras. Ahora bien, es de resaltar que, de ese universo inmersa en la lógica de cannabis, el 94% fueron imputados por la tenencia entre 5 y 100 gramos de Marihuana.
Como podemos ver el encuentro de las/los adolescentes con la justicia criminal parece estar ligada de manera cercana con el cannabis. Desde luego, ese encuentro no es idóneo, pero cosa muy distinta es no entender que el impacto con la justicia criminal es, por lo menos, desafortunado, por eso, es la necesidad de buscar alternativas lúdicas, así como, de implementar programas preventivos de salud pública (al respecto, véase mis colaboraciones en este espacio editorial en el mes de julio).
En el rubro de causas penales en el país (Inegi, 2020), vemos que 2016 eran de 921, para 2017 fue de 1,091, y en 2018 de 988 (de estas judicializaciones la Ciudad de México y Chihuahua absorbían el 55.4%). Es de mencionar, que derivado de este encausamiento 8 de cada 10 adolescentes -para el caso de narcomenudeo- serán sentenciados condenatoriamente (367 en 2016, 229 en 2017, y 147 en 2018), aunque no necesariamente esto implique en centros especializados de internamiento, pudiendo ser canalizados a centros de tratamiento especializado, pero, en todo caso lo que resulta invariable es que aún en este tópico obedece a una resolución de reproche punitivo.
La declaratoria general de invalidez la Suprema Corte de Justicia de la Nación a los artículos 235, último párrafo, 237, 245, fracción I, 247, último párrafo, y 248 de la Ley General de Salud, que prohibían el consumo recreativo de la marihuana, representa una oportunidad de replantear una estrategia pública en el combate de las adicciones -sobre todo en el sector juvenil- volteando a políticas de salud pública, en contraste al enfoque punitivo penal dominante en el último siglo- cuando menos, para este sector de la población en desarrollo, donde la mayoría de las y los adolescentes han sido imputados ante a justicia penal por posesión simple de la cannabis (de 5 a 100 gramos).
Definitivamente legalizar no es promover, pero también es verdad que reconocer -como sociedad y Estado- que, rectificar es de sabios, más aún, cuando los datos de cifras humanas están a la vista, y además, desde un enfoque presupuestario vemos que no es la manera más inteligente de invertir (enfrentar) el dinero público para solucionar un problema social.
Las y los espero, con el gusto de siempre, el próximo viernes con las conclusiones de esta seriación temática.
carloshernandezyabogados@hotmail.com