El caso Google en la SCJN
Está por resolverse el amparo directo 8/2023 en la SCJN un asunto que involucra a Google, por ello el gigante tecnológico ha lanzado una campaña mediática para confundir a la opinión pública, escudándose en la libertad de expresión, cuando justo su responsabilidad deriva de la omisión de no retirar un blog que fomenta el lavado de dinero, usurpa la identidad de varias personas, viola derechos de autor y sus propias normas o políticas internas para el uso de la plataforma Blogger de Google.
En el caso concreto Richter-Google, NO existe censura previa, sino una responsabilidad ulterior de la empresa, generada por la citada omisión, conforme a estándares constitucionales, convencionales y a sentencias de la justicia mexicana, en un litigio que suma más de 12 años.
Es importante distinguir entre censura previa y responsabilidad ulterior. La primera es una figura que se encuentra prohibida, ya que implica impedir la publicación antes de que ocurra, lo cual obviamente no sucedió en el caso Richter-Google.
La responsabilidad ulterior es permitida y opera después de la difusión, actualizándose cuando el contenido viola derechos de terceros —como los derechos de autor, el honor, la reputación y la dignidad—, constituye ilícitos o excede los límites de la libertad de expresión. De esta manera, el artículo 13.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José), permite límites a la libertad de expresión para proteger derechos de terceros y evitar daños a la reputación. En tanto, el artículo 11 establece la protección de la honra y la dignidad. En este sentido, podemos decir que la libertad de expresión no es absoluta y admite responsabilidades ulteriores cuando lesiona derechos fundamentales.
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Para mayor claridad, el blog "Ulrich Richter y sus chingaderas a la patria", difundido en la plataforma Blogger de Google, fue publicado hace 12 años, es decir, el gigante no fue obligado a impedir su publicación, sino que su responsabilidad y condena judicial —subrayo— deriva de que NO lo retiró después de tener conocimiento del ilícito.
Lo que sí existe para la empresa es la responsabilidad por omisión posterior, aunado a que el mencionado blog no es periodismo, no es crítica legítima y sí constituye una imputación delictiva falsa.
Las plataformas digitales tienen una inmunidad establecida en la Digital Millennium Copyright Act, es decir, Google será responsable solamente si se le notifica que existe un blog o página web que vulnera los derechos de un tercero. En el caso particular la sanción judicial al gigante no es por la divulgación del blog, sino porque fue notificado del ilícito y no actuó.
Para mayor contundencia existe un libro magnífico intitulado: "Motores de búsqueda y derechos de autor infracción y responsabilidad" del autor José Juan Castelló Pastor, editorial Thomson Reuters Aranzadi, en donde claramente se desprende que: "...si un intermediario es consciente de la alta probabilidad de que un hecho sea (ilícito) y deliberadamente no lo evita", la "ceguera voluntaria" podrá ocasionarle la pérdida de su protección como puerto seguro. En definitiva, un demandante podrá probar que el intermediario tiene conocimiento de la infracción demostrando su ceguera voluntaria. Esta ceguera voluntaria, como en cualquier otra rama del derecho, equivale al conocimiento...". En este caso, se notificó plenamente a Google, pero fue omiso.
De ese tamaño es el error de la empresa, pero hoy quiere suplir su conducta publicitando que se les pretende censurar y que es víctima del propio internet. Viola normas y trata de no tener responsabilidad alguna.
Google intenta construir una fachada de inocencia de manera ficticia a través de un doble discurso: "nos obligan a retirar contenido y esto es = a censura". Pero el deber surge de (i) conocimiento del ilícito, y (ii), de la omisión de atender la petición. Más aún, el gigante establece la existencia de censuras previas en sus políticas para retirar el contenido, ello en casos de suplantación de identidad, actividades ilegales, acoso y hostigamiento, contenido que viole derechos de autor e información engañosa o dañina.
Concluyendo, ahora resulta que Google de ser el rey del internet, se quiere convertir en víctima de su propio motor de búsqueda a través de una supuesta censura, que no existe.
@UlrichRichterM
(Autor del libro ""El ciudadano digital. Fake news y posverdad en la era de internet")



