Advierte Condusef de acoso en cobranza

Despachos de cobro bancarios tienen prohibido hacer llamadas en horas inhábiles y amenazar

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Advierte Condusef de acoso en cobranza

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Ante un potencial aumento de actividad de los despachos de cobranza por el aumento de impago en deudas bancarias, estos cobradores tienen prohibido llamar a los clientes en horas inhábiles, marcarles a números telefónicos de familiares o del trabajo y amenazar al deudor, advirtió el representante local de la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros -Condusef-, Felipe Alberto Athié Herrera.

Condusef recibe las quejas contra estos operadores de cobranza por prácticas abusivas. Los cobradores de bancos deben estar incritos en la Red de Despachos de Cobranza (Redeco). Para formalizar su queja, el cliente acusado debe presentar su inconformidad datos de prueba como el número telefónico del que le realizan la llamada, el nombre del despacho y el supuesto adeudo que tiene con determinada institución bancaria, y la Condusef contesta en un período máximo de 20 días hábiles, es decir casi un mes.

Aseguró que hasta ahora es muy bajo el número de quejas, pero sí las hay.

Dijo que cuando la institución bancaria se niega a negociar con el cliente, entonces la Condusef emite un apercibimiento al banco para que llegue a un acuerdo satisfactorio para las partes.

Explicó que por ejemplo, si existe un plazo previamente pactado para el cumplimiento de la obligación, no hay forma legal de dar seguimiento mediante presiones a los clientes a un pago pendiente.

Recordó que incluso la actividad de cobranza es mayor en temporadas como la actual, por el hecho de que muchos clientes de bancos perdieron su empleo y por lo tanto, a veces carecen de formas de pagar sus deudas.

Los despachos tienen prohibido dirigirse a los deudores en forma agresiva. Tampoco deben amenazar con que una deuda civil llevará a la cárcel al deudor, ni insultarlo o sugerir recargos injustificados.