Exconvictos podrán ser candidatos

El pleno del Congreso del Estado eliminó el requisito de no haber sido condenada o condenado por algún delito para ocupar cargos de elección popular y en el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana.
Tal exigencia estaba prevista en la Ley Electoral del Estado para quien pretenda el puesto de la secretaría ejecutiva del Ceepac.
La iniciativa la hizo Edmundo Torrescano Medina, diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI), y con ella se derogó la exigencia de no haber sido condenada o condenado por sentencia ejecutoriada.
Aunado a ello, ya no se requerirá no contar con antecedentes penales ni estar sujeto a proceso por delito doloso.
Precisó que quienes ya cumplieron con la pena impuesta deben tener la posibilidad de ocupar un empleo en el servicio público o en una candidatura, en igualdad de circunstancias que los demás aspirantes.
Aseguró que estar sujeto a un proceso penal no puede impedir el acceso a tales cargos, dado que no existe una sentencia condenatoria por la comisión de un delito e incluso si no se encuentran privadas de la libertad vulneran el principio de presunción de inocencia.
La iniciativa se sustentó en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya se ha pronunciado y determinó que es inconstitucional solicitar tales requisitos a los candidatos.
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