Liberación anticipada depende de la anuencia de las víctimas: Presidenta del STJE

No podrá ser liberado de prisión nadie que enfrente la oposición de la víctima, ni alguien que no hubiera reparado el daño causado, según los términos de los datos de prueba que derivaron en una sentencia condenatoria, informó la presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), Olga Regina García López.
Precisó que revisan los casos de internos de los centros de reclusión, con el fin de determinar quiénes merecen la liberación.
Recordó que deben reunir una serie de requisitos, entre los que la liberación anticipada incluye haber reparado el daño, haber pagado sus sanciones y considerar si no hay oposición de la víctima.
Sin embargo, en determinados delitos no procederá la liberación, y eso se determina con una revisión profunda de cada uno de los asuntos.Dijo que han estado revisando de manera continua los internos que compongan condenas, para casos en los que constantemente han sido liberadas personas que cumplen con los términos de su sentencia, o reúnen requisitos para el beneficio de la libertad.
Comentó que los expedientes son revisados de manera permanente, y es necesario para ello, reforzar la plantilla de aquellos que trabajan en el área de la ejecución de penas y en esos casos, con la revisión de los expedientes, determinan la procedencia de aquellos que alcanzan el beneficio de libertad anticipada, como parte de un programa permanente para despresurizar los centros penitenciarios.
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