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Mediante una iniciativa de reforma a la Ley del Registro Civil del Estado, el diputado Óscar Carlos Vera Fabregat propuso que las personas que encuentren a un recién nacido abandonado den parte inmediata al Ministerio Público y que sea esta autoridad la encargada de canalizar al menor al Sistema DIF.
Así mismo, el legislador planteó que los padres de cualquier bebé declaren su nacimiento dentro de los primeros 180 días posteriores al suceso.
Para el primero de los temas, se busca la reforma al artículo 75 de la citada Ley a fin de “establecer con claridad que toda persona que encontrare una o un recién nacido, o en cuya casa o propiedad fuere expuesto alguno, deberá de presentarlo al agente del Ministerio Público y no ante el DIF o Registro Civil, como actualmente se hace”.
Lo anterior, dijo el congresista, “porque resulta evidente que el abandono de un menor es un delito y, por ende, se debe establecer de forma precisa la obligación de la persona que lo encontrare de dar parte al Ministerio Publico para que éste realice la investigación correspondiente y deslinde responsabilidades, incluso evitar que se ejerzan acciones en contra de quien hizo el hallazgo menor”.
En cuanto al segundo tema, Vera Fabregat precisó que se deberá reformar el artículo 65 de la Ley del Registro Civil para “establecer de manera clara y precisa el término con que cuentan el padre o la madre, para cumplir su obligación de declarar el nacimiento de un hijo, el cual deberá ser de 180 días”.








