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Se han tenido donativos anónimos, pero por cantidades menores a la declaración que establece la legislación sobre recursos de procedencia ilícita, informó Luis Bernardo Magaña Gallegos, presidente del Patronato del Cuerpo de Bomberos Metropolitanos de San Luis Potosí.
Reportó que el año pasado solo en una ocasión el patronato recibió un donativo anónimo de una persona, por un monto de 100 mil pesos, cuya cantidad le sirvió a corporación para adquirir equipos de protección.
Magaña Gallegos aclaró que si bien la aportación fue anónima, la institución conoce e identifica al bienhechor, quien al momento de la entrega solicitó al Patronato del Cuerpo de Bomberos no ser identificado.
En entrevista, indicó que la mayoría de los donaciones de 5 mil o 20 mil pesos, por ejemplo, de empresas u otros particulares, realizan el donativo pero solicitan un recibo deducible de impuestos.
Ejemplificó que no han tenido casos de personas que lleguen al organismo para donar 50 mil pesos, y no pidan el recibo deducible, ya que por cuestión de contabilidad interna registran los movimientos, dijo.
“Nosotros hemos sido precavidos. Nosotros hemos tenido donativos anónimos, pero por cantidades menores a las que establece la ley de lavado de dinero (…) Nosotros no hemos tenido precisamente una persona que nos llegue con 50 mil pesos y nos diga: ‘No me dé dada (de comprobante deducible de impuestos)’”, comentó.
Según la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, en la Fracción XIII del Artículo 17 serán objeto de identificación: “La recepción de donativos, por parte de las asociaciones y sociedades sin fines de lucro, por un valor igual o superior al equivalente a un mil seiscientas cinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal”.
Asimismo, expone: “Serán objeto de Aviso ante la Secretaría (SHCP) cuando los montos de las donaciones sean por una cantidad igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el distrito federal”.
Es decir, traducido al valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a utilizar, es el equivalente a 80.60 pesos desde el 1 de febrero de 2018, por ello, los montos que identifica dicha ley asciende a igual o superior a 129 mil 363 pesos; y se avisa a Hacienda cuando es igual o superior a 258 mil 726 pesos.
Reportó que el año pasado solo en una ocasión el patronato recibió un donativo anónimo de una persona, por un monto de 100 mil pesos, cuya cantidad le sirvió a corporación para adquirir equipos de protección.
Magaña Gallegos aclaró que si bien la aportación fue anónima, la institución conoce e identifica al bienhechor, quien al momento de la entrega solicitó al Patronato del Cuerpo de Bomberos no ser identificado.
En entrevista, indicó que la mayoría de los donaciones de 5 mil o 20 mil pesos, por ejemplo, de empresas u otros particulares, realizan el donativo pero solicitan un recibo deducible de impuestos.
Ejemplificó que no han tenido casos de personas que lleguen al organismo para donar 50 mil pesos, y no pidan el recibo deducible, ya que por cuestión de contabilidad interna registran los movimientos, dijo.
“Nosotros hemos sido precavidos. Nosotros hemos tenido donativos anónimos, pero por cantidades menores a las que establece la ley de lavado de dinero (…) Nosotros no hemos tenido precisamente una persona que nos llegue con 50 mil pesos y nos diga: ‘No me dé dada (de comprobante deducible de impuestos)’”, comentó.
Según la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, en la Fracción XIII del Artículo 17 serán objeto de identificación: “La recepción de donativos, por parte de las asociaciones y sociedades sin fines de lucro, por un valor igual o superior al equivalente a un mil seiscientas cinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal”.
Asimismo, expone: “Serán objeto de Aviso ante la Secretaría (SHCP) cuando los montos de las donaciones sean por una cantidad igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el distrito federal”.
Es decir, traducido al valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a utilizar, es el equivalente a 80.60 pesos desde el 1 de febrero de 2018, por ello, los montos que identifica dicha ley asciende a igual o superior a 129 mil 363 pesos; y se avisa a Hacienda cuando es igual o superior a 258 mil 726 pesos.







