Donatarias de Covid-19 informarán en noviembre

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Donatarias de Covid-19 informarán en noviembre

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A partir de noviembre próximo las donatarias que recibieron o realizaron aportaciones a instituciones por la pandemia de Covid-19 deberán presentar un primer informe de actividades ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
En la resolución miscelánea fiscal 146 del Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre donativos para mitigar y combatir el virus, se establece que del 1 de noviembre y a más tardar el 31 de diciembre de este año deberán presentarlo en el portal del SAT.
Para ello se usará la ficha 19/ISR "Informe para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos".
Se establece que están obligadas las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en términos de la Ley del ISR, cuyo objeto social o fin autorizado corresponda a la asistencia médica, rehabilitación, o bien cuente con la autorización para apoyar económicamente a otra organización civil o fideicomiso autorizado, que recibieron u otorgaron donativos para atender las contingencias ocasionadas con motivo de la pandemia derivada del Covid-19.
Deberán dar los informes de transparencia a través del programa electrónico del SAT en su portal.
El trámite deberán realizarlo las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR que deban comprobar la recepción, el uso y el destino de los donativos, recibidos o entregados para mitigar y combatir el virus SARS-CoV-2.
Las donatarias autorizadas que hicieron la entrega de los apoyos deberán proporcionar toda la información relativa a los donativos otorgados que corresponda, la cual deberá ser congruente con el comprobante fiscal digital por internet (CFDI) emitido, en el cual se identifique en el apartado de leyenda del complemento de donatarias "COVID-19" y la información para soportar a dónde destinaron los donativos.
Se debe especificar el monto y si fue en especie o efectivo; si el donante es nacional o extranjero y el nombre del beneficiario, especificando si es persona física o moral.
En caso de que rebase la cantidad de 117 mil 229 pesos, se tiene que incluir el nombre o razón social y si cuenta con la aceptación del donante en términos de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.