› Tentación censuradora › Revés en San Luis
Este año se ha caracterizado por el surgimiento fantasma de la censura y la afectación a la libertad de expresión de la ciudadanía y de periodistas. La lista de casos es ya preocupantemente larga.
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En Sonora, la ciudadana Karla Estrella, una ama de casa de Hermosillo, fue sancionada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por un tuit en el que cuestionaba la designación de una candidata de Morena a un cargo electoral local. Además de una multa, fue obligada a disculparse públicamente 30 veces.
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Un medio de comunicación de Campeche fue obligado por un juez local a cerrar y uno de sus reporteros quedó impedido de ejercer la profesión durante dos años, por una denuncia de la gobernadora morenista Layda Sansores
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La actriz Laisha Wilkins, por retuitear un mensaje que disgustó a una política, y el columnista Héctor de Mauleón y el diario El Universal, sancionados por la autoridad electoral tamaulipeca por una columna en el que se señalaba presunta corrupción de quien, tras la elección del 1 de junio, es ya presidenta del Poder Judicial de ese estado, también son víctimas de esa tendencia.
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Aunque los principales usuarios de esa táctica son políticos morenistas, la práctica no es ajena a otras fuerzas políticas; y las instancias ejecutoras han sido autoridades judiciales y electorales.
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San Luis pudo haberse sumado a esa lista. Por eso es trascendental el fallo de la sala Monterrey del TEPJF que decretó que el columnista de esta casa editorial, Juan José Rodríguez Medina, no incurrió en violencia política de género.
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El autor de “Las 9 Esquinas” fue acusado por la dirigente estatal priista Sara Rocha Medina de hacerla blanco de VPG en varias entregas. Denunció el año pasado esa conducta ante el Ceepac, que consideró fundada la querella y falló contra
el periodista.
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El Tribunal Electoral del Estado (el combo judicial electoral en pleno) ratificó el fallo y las sanciones.
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El columnista llevó el caso TEPJF que, a contracorriente de otros fallos de la misma instancia, privilegió la libertad de expresión y el derecho a la información por sobre la inconformidad de la política priista y revocó el fallo. No hay que minimizar el caso: fue un triunfo absoluto contra la tentación autoritaria y censuradora.
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Las magistradas del TEPJF tocaron un punto toral en la controversia, al señalar que como dirigente política de un partido, Rocha Medina es una figura pública y, por tanto, su umbral de tolerancia a la crítica debe ser mayor al de la ciudadanía promedio.
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Desde luego, la violencia política de género es un cáncer de la vida pública en el país, y debe ser combatida activamente. Pero no puede convertirse en un escudo para funcionarias, legisladoras, lideresas políticas, juezas y otras mujeres que ejercen cargos públicos (y la historia reciente del estado está llena de ejemplos), que son responsables de irregularidades, anomalías y hasta delitos. Hay que cerrarle la puerta a los intentos de ganar impunidad por esa vía.
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Por un error, en la edición de ayer se atribuyó a Xavier Azuara Zúñiga la iniciativa de punto de acuerdo para un exhorto en materia de seguridad pública del municipio capitalino. Sin embargo, la autoría corresponde al diputado federal David Azuara Zúñiga. Se hace la corrección correspondiente y se pide una disculpa a los involucrados.