Carga pareja

El año pasado fue terrible para la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP) en materia jurídica.
En el marcador en los tribunales fue adverso. Tuvo reveses en asuntos tan relevantes para la universidad como su lucha por evitar que el Instituto de Fiscalización Superior del Estado se meta en sus tripas financieras; el asunto de la renta del terreno a la empresa VEMSA degeneró en una demanda que se fue a los tribunales mercantiles; y en asuntos tan simples como un litigio laboral, la defensa legal universitaria fue exhibida por sus fallas.
En la recta final del año, otro asunto pareció unirse a esa lista: el de la gratuidad de la educación superior. En noviembre, la UASLP perdió un amparo en revisión, el 305/2025, contra un fallo previo que benefició a una alumna contra el pago de cuotas de inscripción a la Maestría de Metalurgia.
Este caso, y otros más, derivan de que en 2021 hubo reformas federales a la Ley General de Educación que unían a la educación superior al listado de niveles educativos para los que el Estado debía garantizar la gratuidad. El problema es que ninguna instancia se preocupó por dotar del dinero necesario a las universidades para cumplir la gratuidad, obligándolas a asumir la responsabilidad.
¡Sigue nuestro canal de WhatsApp para más noticias! Únete aquí
El asunto despertó de nuevo el debate. La universidad argumentó que no rechazaba la obligación, pero que era casi imposible porque los Ejecutivos y Legislativos federal y estatal no habían cumplido con la dotación de recursos.
En esas estaba la UASLP cuando de un tribunal surgió un criterio que podría cambiar el juego.
Se trata de un caso similar, un amparo presentado en 2023 por una alumna contra el cobro de cuotas de la Facultad de Ciencias Sociales, que originalmente fue ganado por la universitaria pero que, a diferencia del caso antes descrito, la impugnación de la UASLP sí pegó y casi a la par del primer caso.
Así lo refleja el fallo del amparo en revisión 761/2023, presentado ante el Primer Tribunal Colegiado en materias Civil y Administrativa, en respuesta al amparo 1147/2023.
El fallo, emitido el 6 de noviembre del año pasado, revocaba la decisión combatida y ordenaba la reposición del proceso, agregando una perspectiva muy interesante: pidiéndole a la quejosa que decidiera si deseaba incluir a los Ejecutivos y Legislativos de los dos niveles de gobierno en el amparo, porque la autoridad judicial consideró que ambos niveles habían incumplido con la dotación de recursos para garantizar la gratuidad de la educación superior.
Esa decisión tuvo su primer efecto en el amparo original, el 1147/2023, que se reflejó en un auto emitido por el juzgado el pasado 26 de diciembre,
En el texto, se recordó la reforma de 2021, que estableció la gratuidad de la educación superior de manera progresiva.
También se citó la reforma a la Constitución del Estado que, en consecuencia, realizó el Congreso local en mayo de 2020 para establecer en el artículo 10 que "todas las personas tienen el derecho de recibir educación. La educación que imparta y garantice el Estado en todos sus tipos y modalidades será gratuita"; y la consecuente modificación de la Ley de Educación del Estado.
La autoridad judicial remarcó que la reforma constitucional estableció un transitorio en el que establecía la creación de un fondo federal especial para garantizar los recursos necesarios para solventar a largo plazo la gratuidad de la educación superior.
Y aquí, la autoridad judicial fijó su atención en lo obvio: los reclamos por los cobros de la UASLP se relacionan con la necesidad de que el Ejecutivo y los legisladores federales "cumplan con la obligación" de que se incluyan los recursos necesarios en los presupuestos federal y de los estados.
No dejó ir a las autoridades locales, pues indicó que tanto el Ejecutivo como el Legislativo potosinos deben acatar lo establecido en la reforma local: "El Ejecutivo del Estado deberá destinar en el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2021, los recursos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Decreto", el que homologaba a la normatividad local la reforma que garantiza la gratuidad de la educación superior.
La bala es precisa, pues el auto judicial señala que el incumplimiento de garantizar los recursos se podría traducir en "omisiones legislativas absolutas reclamables a través del juicio de amparo".
La parte más interesante del auto es la petición al quejoso de que exprese al juez su voluntad de reclamar de la Presidencia de la República y el Congreso Federal "la omisión legislativa absoluta de incluir una partida presupuestal específica para la implementación de la gratuidad a la educación superior en los presupuestos de ingresos federales de cada año a partir de la presentación de la demanda".
Es decir, debido al incumplimiento en garantizar los recursos para la gratuidad de la educación superior, no solo la UASLP era sujeta de reclamos, sino también las autoridades federales.
También marca que el gobernador del estado y los diputados locales fueron omisos en esa responsabilidad y, por tanto, son sujetos de reclamo.
No escapa a la atención la magnitud con la que el juez ve la falla, pues la califica de "omisión legislativa absoluta" de incluir una partida presupuestal específica para la implementación de la gratuidad a la educación superior en los presupuestos de ingresos estatales de cada año.
El caso tendrá su siguiente episodio el 9 de febrero, fecha en la que se fijó la próxima audiencia.
Si la quejosa decide incluir a los ejecutivos y congresos estatal y federal en el amparo, el fallo está perfilado: serían declarados omisos en su obligación de dar los recursos necesarios para garantizar la gratuidad y, por tanto, sujetos a cumplir los fallos de los amparos presentados contra el cobro de cuotas en lo que les compete: darle a la universidad el dinero necesario para cumplir con esa obligación.
CEA, la consentida
Cada año, cuando se discuten los presupuestos de ingresos, los diputados locales y el Ejecutivo en turno se llenan la boca con el discurso de la defensa del bolsillo popular.
Particularmente, en el caso del agua potable, la discusión del incremento de las tarifas del Interapas, en lugar de ser un debate técnico y financiero, se torna en una perorata demagógica que bloquea cualquier alza que ayude a sacar al organismo de la perenne penuria financiera que encierra y, con ello, darle margen a mejorar sus servicios.
Si acaso le conceden sólo el margen de la inflación y, como este año, un esquema diferenciado en el que el alza fue menor para los usuarios domésticos (3.8%) y mayor para el comercio y la industria (6.6%).
¿Pero qué hubiera pasado si el Interapas hubiera solicitado un alza del 50 por ciento a las tarifas domésticas? El rechazo de los diputados y de la ciudadanía hubiera sido inmediato y los directivos del organismo se hubieran expuesto hasta a la destitución ante el escándalo.
Pero ocurrió, de manera discreta y silenciosa. Solo que no fue el Interapas al que el Congreso le concedió tal alza, sino a la Comisión Estatal del Agua (CEA), dependencia de un gobierno que se ha opuesto hasta el extremo a los incrementos de los servicios públicos. Pero sólo a los ajenos, según se ve.
Peor aún, el blanco de dichos incrementos es, precisamente, una de las poblaciones más vulnerables, como se explicará más adelante.
Enterrados en las 276 páginas de la Ley de Ingresos aprobada por unanimidad legislativa en diciembre pasado, está el tarifario vigente de los servicios que presta la CEA.
En 2025, el rango de consumo más bajo, de .01 a 25 metros cúbicos, la dependencia lo cobraba a 6.12 pesos el metro cúbico.
Para este año, el Congreso autorizó una tarifa de 9.18 pesos, es decir, 3.06 pesos más, equivalente a un alza del 50 por ciento.
Todos los demás rangos de uso doméstico subieron en la misma proporción. El más alto, con un consumo superior a los 250 metros cúbicos, pasó de los 45.86 pesos a los 58.79 pesos.
A los usuarios comerciales les fue peor. El Congreso autorizó un alza de 57.5 por ciento para este sector. La tarifa mínima pasó de los 22.89 pesos a los 36.05 pesos.
El sector mimado de la CEA, a diferencia del Interapas, cuyas tarifas tuvieron la mayor alza; es el industrial, a los que se les establecieron incrementos de 36.5 por ciento en todos los rangos de consumo, de todos modos, más alto que los aumentos concedidos al organismo paramunicipal.
No les fue mejor a las instituciones públicas que se surtan de la CEA. El incremento para ellas fue del 30 por ciento.
A las tarifas domésticas se les agrega un 20% por servicio de drenaje y alcantarillado (el Interapas cobra un 17%) y un 25% por el tratamiento (la cuota del organismo paramunicipal es de 22%).
Pero la cascada de aumentos no se limita sólo a las tarifas de consumo, sino a otros servicios de la CEA.
Por ejemplo, el precio del metro cúbico de agua tratada destinada a la industria pasó de 15.50 pesos a 25.50, un alza del 64 por ciento.
El servicio de análisis y aprobación de proyectos hidráulicos con presupuesto de hasta millón y medio de pesos se disparó de 4 mil 850 pesos a ocho mil 220 pesos, un alza de casi 70 por ciento.
Y hasta el relleno de garrafones se incrementó de 9 a 10 pesos.
El contraste entre las tarifas de ambos organismos es brutal. La CEA cobra 40 por ciento más que el Interapas en los servicios doméstico y comercial.
Y aunque es menos severa con los sectores industrial y público, de todos modos las tarifas de la Comisión son casi 22 por ciento más altas que las del organismo intermunicipal.
Líneas arriba se mencionaba que el impacto de los incrementos tarifarios autorizados por el Congreso a la CEA iba a ser resentido por un grupo vulnerable.
A diferencia de Interapas, que surte a la mayor parte de la zona metropolitana, la CEA focaliza sus servicios domésticos a una sola área: Ciudad Satélite.
Así que a la población de esa atribulada localidad, la CEA le asestó el incremento del 50 por ciento a la tarifa del agua.
El resto del golpe lo resienten las empresas instaladas en un área de la Zona industrial que también escapa a la influencia del Interapas.
El beneficio financiero para la CEA, en cambio, es bastante generoso. El año pasado, la Comisión recibió un presupuesto de 450.8 millones de pesos. El 23 por ciento de ese ingreso proviene del cobro de los servicios que proporciona.
Para este año, su presupuesto creció a 465.1 millones de pesos. Muy seguramente el alza de 465.1 millones de pesos provendrán del alza de sus tarifas.
Aumento que les regaló el Congreso sin ninguna justificación. Al menos en los documentos presupuestales que se conocen públicamente, la CEA no justifica ninguno de los incrementos.
Quizá no era necesario, porque muy seguramente, los diputados ni siquiera se percataron de que lo que le regatearon al Interapas, se lo estaban otorgando sin chistar a la CEA.
La comisión sólo pidió, y los diputados lo aprobaron.




