Deporte y delito

En el deporte, como en muchas otras tantas áreas, existe la presencia del delito, la delincuencia y la corrupción. Por su parte, la legislación mexicana es casi terreno virgen sobre estas cuestiones.

Hasta ahora, los ojos del legislador habían volteado hacía la violencia en espectáculos deportivos, dejando de lado el amplísimo resto de temáticas ligadas con la parte obscura del deporte.

El artículo 154 de la Ley General de Cultura Física y Deporte establece una serie de conductas, sancionadas como delitos, vinculadas con la violencia en eventos deportivos, ocurridos ya sea dentro de los ligares donde se desarrollan las actividades o en sus inmediaciones; algunos actos sancionables son el lanzar objetos que por sus características pongan en riesgo la salud o la integridad de

las personas; ingresar sin autorización a los terrenos de juego y agredir a las personas o cause daños materiales; participar activamente en riñas; incitar o generar violencia; causar daños al recinto o a bienes en su interior; introducir a las instalaciones armas de fuego, explosivos o cualquier arma prohibida en términos de las leyes aplicables. Todas estas conductas se sancionan con prisión que puede ir desde dos meses hasta cuatro, multa y prohibición de asistir a eventos deportivos masivos o con fines de espectáculo, por un plazo equivalente a la pena de prisión que le resulte impuesta. 

Al día de hoy y con solo contadísimos casos ( tal vez dos o tres) de sanción efectiva, este artículo forma parte del osario de normas inútiles en México.

Sin embargo, hay que tener presente que el 14 de febrero de este año, el Diputado Ernesto Vargas Contreras (conocido por su actividad artística como Ernesto D’alessio), presentó una iniciativa de reforma al Código Penal Federal que, por cierto, duerme el sueño de los justos en el Poder Legislativo. Esta propuesta introduce en nuestra legislación el delito de fraude de resultados deportivos, castigando con prisión de cinco a diez años y de mil a tres mil Unidades de Medida y Actualización como multa a quien, por sí o por interpósita persona, con el propósito de obtener un lucro económico o beneficio deportivo, ofrezca, prometa, coaccione, proponga, invite, pagué, obsequie, entregue un beneficio económico o en especie no justificado en los términos legales, a atletas, árbitros, auxiliares técnicos, directores deportivos, entrenadores, jueces deportivos, médicos, vicepresidentes, administradores de entidades deportivas, directores del deporte municipal, estatal o federal, presidentes de clubes o federaciones deportivas con el objetivo de alterar, modificar, arreglar, cambiar o variar resultados deportivos en competencias de carácter profesional o amateur, al igual que a quien oculte, encubra o pretenda encubrir los actos de corrupción para la modificación de resultados deportivos, utilice o lleve a cabo actos violentos o conductas de dominio, control, agresión física, psicológica, patrimonial o económica, para obtener la modificación o alteración de los resultados deportivos, antes, durante y después de la celebración de eventos deportivos.

Con esto, México se incorporaría al listado de países que, conscientes del valor que representa, tanto económico como en lo social, el deporte, se han decidido a combatir la corrupción y la delincuencia que lo ronda. Sin embargo, habrá que ver que tanto tiempo transcurre para que, si fuera el caso, llegara a ser norma vigente.

El deporte no solo es un derecho del individuo y una obligación de promoción, fomento y estímulo por parte del Estado; también es un sector económico de enormes proporciones, pues va más allá del mero boletaje o trasmisión del evento, pasando por la generación de empleos directos e indirectos, la venta de artículos deportivos, marcas de ropa, bebidas, revistas, publicidad, derechos de imagen, construcción y remodelación de estadios, etcétera.

Solo por dar un dato ejemplificativo: el futbol (y solo el futbol) en España representa casi ciento ochenta y cinco mil empleos y significa el 1.37% del Producto Interno Bruto, es decir, casi dieciséis mil quinientos millones de euros anuales.

Por eso no es de extrañar que en ese país exista un amplio desarrollo de la legislación punitiva en materia deportiva, al igual que otros que han hecho lo propio, como Italia, Alemania, Argentina o Portugal.

@jchessal