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El caso de la #LeyZaldivar

Por Jorge Chessal Palau

Abril 26, 2021 03:00 a.m.

A

Seguramente el lector ha escuchado en las últimas semanas y, particularmente, del jueves pasado al día de hoy, que hay un ataque frontal al Estado de Derecho, por parte de los transformistas de cuarta en el Poder Legislativo. A esto se le ha llamado coloquialmente la “Ley Zaldívar” (#LeyZaldivar en Twitter) y se ha convertido en un verdadero escándalo nacional. No usaré este espacio para hacer una reseña de los acontecimientos y conductas vergonzosas de legisladores que han puesto su sumisión frente a su obligación de guardar y hacer guardar la Constitución. Trataré de exponer las razones por las cuales considero un atropello este asunto.

En el artículo Décimo Tercero Transitorio de este decreto, pendiente únicamente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, hasta el momento de escribir esta columna y que expide, entre otras cosas, una nueva Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se señala:

“Con el fin de implementar la reforma constitucional al Poder Judicial de la Federación publicada en el Diario Oficial de la Federación de 11 de marzo de 2021 y las leyes reglamentarias a las que se refiere el presente Decreto, la persona que a su entrada en vigor ocupe la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal durará en ese encargo hasta el 30 de noviembre de 2024. Asimismo, el Consejero de la Judicatura Federal nombrado por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 1 de diciembre de 2016 concluirá su encargo el 30 de noviembre de 2023; el Consejero de la Judicatura Federal nombrado por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 24 de febrero de 2019 concluirá sus funciones el 23 de febrero de 2026; el Consejero de la Judicatura Federal nombrado por el Ejecutivo Federal el 18 de noviembre de 2019 concluirá el 17 de noviembre de 2026; las Consejeras de la Judicatura Federal designadas por el Senado de la República el 20 de noviembre de 2019 concluirán su encargo el 19 de noviembre de 2026; y el Consejero de la Judicatura Federal designado por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 1 de diciembre de 2019 durará en funciones hasta el 30 de noviembre de 2026.”

¿Y dónde está el problema con esto? se preguntará el lector. Pues en que viola lo dispuesto por los artículos 97 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El artículo 97 en cuestión señala como se elige al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por parte del Pleno de ese tribunal, así como la duración del cargo; en el artículo 100 se señala la integración del Consejo de la Judicatura Federal, determinando a quien le corresponde designar a cada uno de los Consejeros. Que lo integran: Poder Ejecutivo, Pleno de la Corte y Senado de la República.

De la lectura del precepto transcrito, se desprende claramente que estas designaciones las está ejerciendo precisamente el Congreso de la Unión, a través de un transitorio de la nueva ley y no a quien constitucionalmente les corresponde hacer el nombramiento. Es decir, a través de una norma secundaria en atención a la función que desempeña, ya que actúa como complementario del texto principal, particularmente en aquellos aspectos relativos a la vigencia y forma de integración al orden jurídico de éstos.

La ley puede establecer los requisitos para acceder al cargo, permanecer en el o la terminación de este, a efecto de que, a quien le corresponda, pueda actuar conforme sus atribuciones; sin embargo, en el caso que nos ocupa, así, sin más, el Poder Legislativo se decide a dar un golpe al Estado de Derecho y sustituir en el ejercicio de sus atribuciones al Presidente de la República y al Pleno de la Corte.

Al hablar sobre el tema, el señor López, a quien no le incomoda que le usurpen a el mismo sus funciones, manifestó su desprecio por diez Ministros de la Corte, al decir: “…no es inmoral al contrario, yo sostengo que él ayuda a que se moralice el Poder Judicial, la mayoría vienen del antiguo régimen, no hay otro perfil, más bien son las circunstancias…”. Es decir, no hay otro, solo Zaldívar es bueno y todos los demás no valen dos cacahuates. 

@jchessal