No hay quinto malo
“En la estrategia de seguridad del gobierno
federal se prioriza la vida y la paz, por
encima de los operativos espectaculares
con los que conseguir medallas.
Adán Augusto López.
Hace una semana se llevó a cabo la primera reunión de la “Comisión Bicameral para la Evaluación y Seguimiento de la Fuerza Armada Permanente en Tareas de Seguridad Pública”. Misma que pasó de noche, bueno, de eso se trataba.
Y es que, como no hay quinto malo, ni nadie que lo soporte, pues había que cumplir con el famoso artículo quinto transitorio del decreto del año 2019 en el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la CPEUM para crear la ya ni tan famosa Guardia Nacional.
Artículo con maña y colmillo político que coaccionaba con lo siguiente: “Durante los cinco años (hasta el 2024), en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria”.
¿Qué sucedió? Pues, que la Guardia Nacional ni desarrolló estructura, ni capacidades, ni ocupación territorial y cayó en desgracia por la sospechada clasificación civil, para ser totalmente militarizada. Pero, con otro grave problema, conformada por las fuerzas armadas, aunque manipulada administrativamente por un ente civil ornamental como lo es la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, fuera del control total, solamente el “operativo” a la Secretaría de la Defensa Nacional.
Luego nos dijeron que el tiempo establecido era insuficiente, porque el daño que gobiernos anteriores ocasionaron en el ámbito de la seguridad y el impacto de la corrupción en los distintos órdenes de gobierno requería de un lapso más amplio y del compromiso y responsabilidad de todas las instituciones de seguridad pública de las entidades federativas. Pues, no que estaban podridas.
En ese tenor, se publica otro decreto en noviembre del año pasado por el que se reforma (dicen que se diseñó) el multicitado artículo quinto transitorio del 2019. Ahora, extendido hasta el 2028 y otra vez la cantaleta, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública. Sin embargo, conforme a los términos planteados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, esa participación DEBERÁ ser: Extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.
TAPANCO: Sin embargo, no hay y no habrá un control constitucional bicameral a las Fuerzas Armadas, es política ficción, toda vez que las Fuerzas Armada ya son un control político. Los indicadores de evaluación que tanto pregonan, quedaran en simples presentaciones numéricas en power point. Y la culpa de todos los males de la inseguridad al final, son del Poder Judicial, punto.
A pesar, de uno de los hackeos sin precedentes a la SEDENA que mostró la participación de militares en la comisión de delitos y violaciones graves a los derechos humanos, intercepciones telefónicas tipo “Pegasus”, ejecuciones extrajudiciales, encubrimientos y uno que otro, ¡Mátalos en caliente!
@franciscosoni



