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Transparencia para el pueblo: lo que viene tras la desaparición del INAI

Por Ana Cristina García Nales

Mayo 01, 2025 03:00 a.m.

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En mi anterior participación en este espacio, la del domingo 23 de marzo del presente año, titulada “Desaparición del INAI y su legado democrático” abordé entre otros aspectos el hecho de que la extinción del INAI plantea múltiples desafíos al país. Uno de los más evidentes es la falta de imparcialidad en el nuevo ente público que lo sustituye. Ya que, al transferir las atribuciones del Instituto a una instancia dependiente del Ejecutivo, se pierde la autonomía que garantizaba independencia y objetividad para exigir la entrega de información a la ciudadanía. Hoy retomo nuevamente el tema en este espacio y continúo exponiendo algunos avances al respecto de la transición entre instituciones.

Como ya es bien sabido, ocho meses antes de que Andrés Manuel López Obrador dejara su cargo como presidente de la República, declaró la muerte del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). Enviando al Congreso de la Unión un paquete de reformas constitucionales, entre ellas, la desaparición de siete organismos autónomos, en el que se destacó particular y mediáticamente la extinción del INAI. 

Con la llegada de Claudia Sheinbaum a Palacio Nacional, la nueva presidenta retomó las iniciativas de su antecesor. Y en el dictamen de creación de un nuevo ente en sustitución del INAI, desafortunadamente declaró la pérdida de la cualidad de autonomía constitucional del mismo, pero “no la eliminación de los mecanismos de transparencia para los mexicanos”.

El 20 de diciembre de 2024 entró en vigor la reforma constitucional que eliminó al INAI, junto con otros organismos autónomos de México. La reforma fue aprobada por mayoría calificada en ambas Cámaras del Congreso y avalada por 17 congresos estatales. Con su aprobación, la tutela del derecho de acceso a la información pública y la política de transparencia, así como de datos personales pasaron al Ejecutivo, en particular a la Secretaría Anticorrupción y de Buen Gobierno, encabezada por Raquel Buenrostro. 

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Para trasladar estas funciones del INAI a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, el Congreso de la Unión aprobó también las nuevas leyes secundarias: la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. Además, se realizaron las modificaciones necesarias a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

¿Qué función cumplía el INAI?

Hasta su eliminación, el INAI garantizaba dos derechos fundamentales: el acceso a la información pública y la protección de datos personales. Para asegurar su independencia, contaba con autarquía funcional y financiera. Y sus siete comisionados, a cargo de las distintas ponencias, eran designados por el Senado con una mayoría de dos tercios.

Además, en materia de acceso a la información pública, el INAI establecía políticas de transparencia, promovía la digitalización de la información pública, resolvía recursos de revisión, aplicaba sanciones y brindaba asistencia técnica.

Promovió la creación del Sistema Nacional de Transparencia conformado por el INAI, diversos organismos autónomos y los 32 órganos garantes de los estados. Fungiendo como instancia de coordinación y deliberación, con el objetivo de organizar los esfuerzos de cooperación, colaboración, promoción, difusión y articulación permanente en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, de conformidad con lo señalado en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás normatividad aplicable. Sirvió de espacio para construir una política pública integral, ordenada y articulada, con una visión nacional, con objeto de garantizar el efectivo ejercicio y respeto de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, promoviendo y fomentando una educación y cultura cívica de estos dos derechos en todo el territorio nacional. 

Transparencia para el Pueblo: en la narrativa, así funcionará el nuevo ente que sustituye al INAI

A decir del gobierno federal, el nuevo ente que sustituye al INAI “tiene facultades similares sin que ello implique un derroche o gasto innecesario de los recursos públicos.” La vida del INAI llegó a su fin, y con ‘su muerte’, nace un nuevo órgano regulador: ‘Transparencia para el Pueblo’. 

Con el aval del Congreso de la Unión, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno se encargará de administrar, implementar y poner en funcionamiento la Plataforma Nacional de Transparencia. Entre sus facultades estará atender las solicitudes de información, la gestión de medios de impugnación, verificar que en los portales de obligaciones de transparencia se publique la información “debida” y deberá promover la buena comunicación entre las autoridades garantes y los sujetos obligados.

¿Qué cambia a partir de ahora?

El órgano ‘Transparencia para el Pueblo’, está encargado de tutelar el acceso a la información pública, mientras que la protección de datos personales será asumida por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno directamente. Además, se establecerán 18 nuevas autoridades federales de transparencia con alcance en los tres poderes del Estado y los sindicatos. El número de comisionados se reducirá de siete a uno, y a nivel municipal, los gobiernos locales recibirán apoyo del Ejecutivo para el cumplimiento de las disposiciones de transparencia. Dicha Secretaría absorberá el 80% de las funciones del INAI con solo el 35% de su estructura. Es tal a cantidad de funciones y atribuciones que tenía el INAI, que, en estos días, aún se encuentran terminando el proceso de administrativo de Entrega-Recepción.

Como parte de la transición, se establecieron mesas de trabajo para definir la administración de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), que actualmente aloja 14 millones de registros. Asimismo, la PNT contará con respaldo legal y un validador criptográfico para garantizar la integridad de los datos. Los juicios de amparo en materia de acceso a la información serán resueltos por jueces especializados, y se creará el Sistema Nacional de Transparencia para coordinar las acciones entre los distintos niveles de gobierno.

Cabe mencionar que, en cuanto a funciones, prácticamente es lo mismo, pero ahora en manos del Ejecutivo y con muy poco personal. El reto se vislumbra titánico si realmente se ejecuta lo descrito.

Con la desaparición del INAI, el país debe definir si avanza hacia un modelo de mayor apertura gubernamental o si retrocede a una etapa de opacidad sistemática. En este contexto, se trata de voluntad política para en verdad garantizar los dos derechos humanos antes mencionados. Voluntad política que exige la vigencia de los derechos que este Instituto eficazmente tutelaba. Se trata, de que en verdad se entregue la información a la ciudadanía y no se les niegue la información en segunda instancia, además de garantizar que la capacidad de la sociedad siga intacta para exigir lo que les corresponde por ley en estas materias.

Como lo he venido mencionando, la extinción del INAI plantea múltiples desafíos: políticos, administrativos y jurídicos; pero en particular, complejo será para los ciudadanos, pues se enfrentarán a un escenario que en realidad dependerá de la voluntad política del Ejecutivo. Juzgue Usted.

Maestra en Asuntos Políticos y Políticas Públicas

anacristinales@gmail.com