Un caso al cazo

Es difícil, cuando se escribe una columna como esta, despegarse de la formación profesional que, a lo largo de los años, ha venido siendo mi cotidianidad. Por eso, en muchas ocasiones, me refiero a cuestiones jurídicas y doy opiniones al respecto.

En esta ocasión lo haré a partir de diversas informaciones periodísticas a las que he dedicado un buen tiempo, de las que se deduce, mediante el cruce de datos y referencias, que podemos estar en presencia de un gran engaño o, por lo menos, una burda manipulación de hechos, verdades a medias y mentiras completas, inferencias falaces e injusticias injustificables.

Durante el tiempo transcurrido entre julio de 2005 y el día de hoy, el caso de la desaparición de Hugo Alberto Wallace Miranda (así se ha designado a la aparente víctima, aunque ya rondan dudas sobre su verdadero nombre) no ha dejado de ser tema de análisis y discusión. Sin embargo, es en lo que va del año que serios cuestionamientos, algunos que venían ya de tiempo atrás, se han hecho más fuertes y han dado lugar a que, en los procesos, aún no sentenciados, de algunos de los inculpados, las cosas puedan cambiar y llegaren a la absolución. Igualmente se ha ordenado por el Fiscal General de la República, Alejandro Gertz, la apertura de una carpeta de investigación sobre los hechos denunciados por Guadalupe Lizárraga en su libro “El falso caso Wallace”.

Anabel Hernández, José Reveles, Ricardo Raphael y Guadalupe Lizárraga son cuatro extraordinarios periodistas que, con el mazo de la lógica dura y el argumento certero, dan de golpes para derrumbar lo que se convertiría, al lado del caso Cassez, en una de las mayores vergüenzas del sistema judicial mexicano.

Me referiré esencialmente a dos de los aspectos que más llaman mi atención: la famosa gota de sangre y el acta de defunción de Hugo Alberto Wallace Miranda.

No obstante que la desaparición de Hugo Alberto ocurre en julio de 2005 y que fue realizado un cateo, a los pocos días de su desaparición, en el domicilio donde supuestamente fue visto por última vez, al repetir esta diligencia (cateo) en febrero de 2006, se “encontró” una gota de sangre de la que hay serios cuestionamientos sobre sobre su autenticidad, puesto que, según se ha dicho, no contiene información genética que la identifique como del desaparecido, sino que se trata de sangre femenina, con marcadores, eso sí, familiares. La perito que hizo el análisis dijo posteriormente que se equivocó al redactar el análisis y que confundió el teclado de la computadora al escribir, porque puso XX queriendo anotar XY. Si se equivocó en un detalle tan trascendental, como establecer el sexo del aportante ¿no podría haberse equivocado en otra cosa?

Sobre el acta de defunción de Wallace se anota, como causa de muerte, insuficiencia respiratoria aguda, asfixia mecánica por estrangulación, asfixia mecánica por compresión toracoabdominal. Lo curioso es que jamás se ha encontrado el cadáver de Hugo Alberto Wallace. La referencia al motivo del fallecimiento se ha obtenido de la declaración de uno de los acusados, quien denunció que fue torturado. También resulta de interés que se trata de un acta levantada en 2013, varios años después del supuesto fallecimiento.

Al margen de si, en efecto, hubo o no tortura, lo cierto es que, una gota de sangre descubierta varios meses después, aun cuando fuera de Hugo Alberto Wallace y no hubiera duda de eso, solo probaría que estuvo en ese domicilio en algún momento, antes o después de su supuesta desaparición, pero en forma alguna sería un elemento que permitiera concluir su fallecimiento en ese lugar, ni tampoco es dable demostrar si esa gota llegó ahí antes de julio de 2005 o después de esa data y hasta febrero de 2006, en que ocurrió el milagroso hallazgo de una gota de sangre no alterada, no corrompida, siete meses después.

Por lo que hace a la causa de defunción, es importante destacar que, ante la ausencia de un cadáver, no se puede asentar una causa de muerte, como sucedió con el asunto que nos ocupa, acorde las disposiciones legales aplicables en materia de registro civil, pues, en todo caso, se debe seguir el procedimiento judicial de declaración de ausencia y, posteriormente, la declaración de presunción de muerte decretada en sentencia y acorde las disposiciones de la legislación civil aplicable, en este caso, la vigente en el otrora Distrito Federal.

De esta forma, una gota de sangre no prueba nada sino solo la circunstancia de que fue encontrada en ese lugar del descubrimiento, en tanto que el acta de defunción resulta atentatoria contra la más elemental lógica, ya que, aun y cuando lo dicho por el acusado confeso (aparentemente bajo tortura) fuera cierto en cuanto a la descripción de los hechos, no se podría afirmar, sino solo presumir, la causa de la muerte, añadiendo la extemporaneidad de su expedición a las dudas que genera este documento.

Vi el programa Espiral del periodista Ricardo Raphael en canal 11, donde entrevistó a Isabel Miranda, madre de Hugo Alberto Wallace; no escuché de ella algún argumento suficiente para pensar en una culpabilidad de las personas sentenciadas o por sentenciar. De hecho, de toda la información que he recopilado, llego a la conclusión que existen lagunas de tal extensión que no debería haber ninguna sentencia condenatoria, por lo menos a la luz de la información conocida.

Así, el caso Wallace se desmorona.

@jchessal