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Vigilancia legítima

Por Carlos A. Hernández Rivera

Octubre 28, 2022 03:00 a.m.

A

“Sin defensores de derechos humanos nuestras sociedades serían mucho menos libres”

 M. Forst

Esta semana la opinión pública se enteró por filtraciones a conversaciones privadas que involucran al líder de un partido político, al líder de una fracción política parlamentaria, y una gobernadora (la fuente). Al margen, de una conclusión inmediata, a la que llegaría cualquier lector, es decir, “se trata de un pleito entre la clase política”, lo cierto del caso es, que está inmerso un tema que debe ser de la preocupación social, el derecho humano a la privacidad, y su (i)legítima interferencia.

Sobre el punto, sólo rescataré la justificación de la mandataria: “yo no espío a nadie, me cayó la información (conversaciones privadas de whats app), y si el aludido quiere demostrar que lo espié a ver cómo le hace” (sinembargo, 26.10.22).

Decía, mi intención no es detenerme en el tópico, porque ni es la primera vez, y me temo que no será la última. Basta con recordar el llamado caso “pegasus”, el cual, era un “software” espía de producción israelí, su objetivo periodistas como Carmen Aristegui, defensores de derechos humanos, y hasta el propio hoy presidente de la Nación. Incluso, aquí en San Luis Potosí, el exgobernador Juan Manuel Carreras López aceptó haberlo adquirido también. Aunque, hay que precisar que la Fiscalía de la Nación ya tiene a varios indiciados aparentemente involucrados al respecto.

O bien, que decir, de la recién conocida infiltración sobre los equipos informáticos del ejército mexicano, por el grupo de hakers Guacamaya, básicamente, en funciones de inteligencia, aparentemente llevadas sobre civiles, que, aceleró la discusión sobre la temática de la ciberseguridad en la agenda política nacional.

Me parece, como lo he venido diciendo hace algunas semanas en este mismo espacio editorial que, todas las actividades estatales deben estar sujetas a un ámbito de control, ya sea interno, por conducto de las autoridades civiles de la administración pública, o incluso externo, como lo serían los poderes legislativo y judicial.

 Aunado a un auténtico ejercicio de rendición cuentas, se subsume la obligación de sujetarse a la trasparencia, no solo por canales formales, sino también por informales, tales como, el deber de brindar información a medios informáticos (prensa), y a la misma opinión pública. Eso sin duda es un atributo de un Estado democrático (Guastini, 2020).

De lo anterior, es que se desprende una verdadera paradoja en el uso de los llamados servicios de inteligencia -sobre todo en la prevención del delito-; dado que, su utilización sin mecanismos legales de control conlleva a ser en sí misma una amenaza a la democracia, tensando entonces las relaciones cívico-militares (Cárcamo, 2017).

O como dice el ministro presidente de la Suprema Corte: “el anteponer la efectividad sobre el respeto a los derechos humanos, ha provocado muchos de los problemas que sufre el país. Añadía, aunque la pretensión sea la “paz y la concordia”, la delincuencia se combate con respeto al debido proceso, en general a los derechos humanos (El Universal, 29.09.21).

De momento se agotan las líneas de este mi espacio editorial, las y los espero el próximo viernes.

carloshernandezyabogados@hotmail.com